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Estas en: Inicio > Ayuda > FAQ > ¿Qué cubre un seguro de hogar?
Los seguros de hogar o combinado familiar, como también se los llama, son pólizas integrales que agrupan varias coberturas destinadas a proteger los riesgos más habituales en una vivienda. A continuación revisamos las principales coberturas:
Incendio Edificio y/o mobiliario
Los daños que pudieran causar a su vivienda y al mobiliario, el fuego o el humo por incendio, rayo o explosión. La reparación de los daños causados por el humo y los que pudiesen producirse a consecuencia de los trabajos de los bomberos para extinguir el fuego (Ej.: una pared que debe ser demolida, el tapizado de un sillón arruinado por el agua, etc.). Los daños causados por el impacto de un auto (o cualquier vehículo terrestre) contra la vivienda, o hasta el que pudiera causar la caída de un avión. Los daños materiales que pudiesen ocasionar a la vivienda una huelga, lock out, tumulto popular, o bien, un hecho vandálico o de malevolencia siempre que no formen parte de hechos de guerra (civil o internacional).
Modalidad de la cobertura de incendio mobiliario: Primer riesgo absoluto.
Modalidad de la cobertura de incendio edificio: Prórrata.
Valor de reposición: en caso de siniestro el asegurado recibirá el valor a nuevo de los bienes hasta el límite de la suma asegurada.
Robo y/o Hurto del mobiliario
La pérdida de los bienes contenidos en la propiedad, como consecuencia de un robo o hurto, siempre y cuando pertenezcan al Asegurado, sus familiares, sus huéspedes o su servicio doméstico. El hurto de los bienes, es decir, la sustracción de los mismos sin violencia o intimidación en las cosas o las personas. Los actos de infidelidad cometidos por el personal doméstico.
Se cubren de forma limitada:
a) La maquinas fotográficas, relojes pulsera, filmadoras, proyectores, grabadores, y aparatos electrónicos en general, instrumentos científicos, de precisión, musicales o de ópticas, joyas, objetos de arte y pieles.
b) Los bienes que se encuentren en una edificación apartada de la vivienda principal y siempre que dicha construcción tenga las mismas medidas de seguridad que la casa principal.
c) El robo de dinero en efectivo.
IMPORTANTE: En los objetos electrónicos o electrodomésticos (Ej.: heladeras, lavarropas, hornos microondas, etc.), se efectuará la depreciación correspondiente en el valor, de acuerdo al uso o antigüedad de los mismos en el momento del siniestro.
TV, Audio, Video y Computadora
La pérdida o daño a estos bienes por un robo, hurto, incendio o accidente (rotura, golpes, caídas, etc.), dentro del domicilio asegurado.
Nota: Cuando los daños sean producidos por un accidente, se aplicará una franquicia a cargo del Asegurado de U$S 50 por siniestro.
IMPORTANTE: En caso de robo de un televisor, equipo de audio, videocassetera o computadora, la Compañía indemnizará por el valor de reposición a nuevo del mismo bien, o en su defecto de aquel que ofrezca el mismo nivel de prestaciones.
Responsabilidad Civil
Los daños producidos a terceros a causa de la vida privada del Asegurado, ya sean producidos por él, su cónyuge, sus hijos y/o sus descendientes, el uso y manejo de botes de remo y bicicletas, las piletas de natación, el suministro de alimentos y los animales domésticos (en este último caso, no están incluidas las enfermedades que los mismos pudieran transmitir). Los daños que, como consecuencia de un incendio o explosión en su vivienda, pudiera causar a las propiedades linderas.
A los efectos de este seguro no se consideran terceros:
Daños por agua al mobiliario
La acción directa del agua sobre el mobiliario a causa de filtración, derrame o escape, como consecuencia de la rotura, obstrucción o deficiencia en la instalación destinada a contenerla.
Gastos extra por incendio
Los gastos necesarios (ej.: Hoteles) en que incurra el Asegurado para continuar su vida normal, después de un siniestro de incendio, hasta el 10% de la suma asegurada para Incendio Edificio.
Remoción de Escombros
Los gastos de limpieza y/o remoción de escombros en que incurra el Asegurado, después de un siniestro de incendio, hasta el 5% de la suma asegurada para Incendio Edificio.
Daños por Intento de Robo
Los daños que pudiesen causar los ladrones al ingresar a la vivienda del Asegurado o al intentarlo hasta el 2% de la suma asegurada de incendio con una franquicia de $100.- por evento.
Ej.: una puerta destrozada, la cerradura violada, etc.
Accidentes de trabajo para el personal doméstico (opcional)
Los reclamos de su personal doméstico, de jardinería y pileteros por los accidentes sufridos durante el trabajo, que pudieran causarle una lesión permanente, total o parcial, o la muerte. Límite de indemnización: El Asegurador no quedará obligado en ningún caso a abonar por todo concepto una suma mayor en pesos equivalente al tiempo del accidente a
$ 110.000.- por cada dependiente muerto o lesionado.
Cristales
Las rajaduras o roturas, sufridos por todos los cristales de su casa que están colocados en posición vertical (por ejemplo: vidrios de puertas, ventanas y espejos). Límite de cobertura: $ 200.-
Alimentos en el freezer
Las pérdidas o deterioros de alimentos depositados en heladeras, freezer o aparatos congeladores de uso doméstico, causados por la paralización de éstos, a consecuencia de falta de suministro de energía eléctrica por más de doce (12) horas consecutivas. Límite de cobertura: $ 250.- por un año de vigencia de póliza.
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