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	<title>Seguro Total</title>
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	<description>Asesores de seguros</description>
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		<title>5 secretos para ahorrar en tu seguro</title>
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		<pubDate>Thu, 19 Jan 2012 19:07:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
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		<category><![CDATA[ahorrar]]></category>
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		<category><![CDATA[seguro de auto]]></category>

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		<description><![CDATA[Ahorrar en el seguro de tu auto no es tan difícil como parece. Como todo servicio siempre hay diferencias de precio entre las empresas que lo brindan y la idea de este artículo es que sepas aprovechar al máximo algunos tips para “afinar el lápiz” y mantener una buena cobertura en el auto.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p id="internal-source-marker_0.0621124183775833" dir="ltr">Ahorrar  en el seguro de tu auto<strong> no es tan difícil como parece</strong>. Como todo  servicio siempre hay diferencias de precio entre las empresas que lo  brindan y la idea de este artículo es que sepas aprovechar al máximo  algunos<strong> tips para “afinar el lápiz” </strong>y mantener una buena cobertura en el auto.</p>
<p><br class="spacer_" /></p>
<p style="text-align: justify;" dir="ltr">1)<strong> Variables para la cotización</strong>: no cuesta lo mismo el seguro de tu auto en Capital Federal que en La Quiaca,  tampoco vale lo mismo si la póliza está a nombre de un chico de veinte  años a que si su titular es un hombre de cincuenta. Las variables para  la cotización son las que van a determinar el precio, es importante la  exactitud en ellas, por ejemplo:</p>
<ul>
<li>
<p style="text-align: justify;" dir="ltr"><strong>Localidad o código postal</strong>:  muchas veces hay una enorme <strong>diferencia de precio de un barrio a otro o  de una calle a la otra</strong>. Esto es así porque para tarifar los seguros  toman zonas que consideran menos peligrosas que otras. <strong>Tu código postal exacto puede hacerte ahorrar</strong> varios pesos.</p>
</li>
<li>
<p dir="ltr"><strong>Edad del titular de la póliza</strong>:  poco importa a nombre de quien esté el auto ¡No es cierto que el  titular del seguro deba ser el mismo que el del vehículo! Cada vez más  compañías aseguradoras ponene a la edad del conductor como factor de  precio considerando que los siniestros son más frecuentes en gente más  jóven. De manera colocando como<strong> titular a una persona mayor de 40 años, el costo baja</strong> considerablemente. ¡Ojo! Muchas aseguradoras nos pueden pedir declarar a los conductores habituales, en ese caso hacerlo siempre.</p>
</li>
<li>
<p style="text-align: justify;" dir="ltr"><strong>Versión del auto</strong>:  generalmente el cliente dice “mi auto es un Fiat Palio” confiando en  que está dando información completa, cuando la verdad es que según  registros ¡Hay más de 180 versiones este vehículo! El precio del seguro  está directamente relacionado con la versión exacta del coche, habrá  algunos Palios motor más grande o con mayor seguridad que hacen que el  costo varié.</p>
</li>
</ul>
<p><br class="spacer_" /></p>
<p><strong><img class="alignright" style="float: left;" title="Ahorrar en el seguro!" src="http://www.segurototal.com.ar/wp-content/uploads/2012/01/ahorrar-seguros.jpg" alt="ahorro seguros" width="217" height="239" /></strong></p>
<p dir="ltr">2) <strong>Elegí una buena cobertura</strong>: es al vicio contratar un seguro contra terceros solamente creyendo que estás ahorrando ¡No lo estás haciendo! Del precio de una cobertura de<strong> Terceros Completo</strong> (la cobertura mas clásica) <strong>el 70% del mismo corresponde al seguro de Resposabilidad Civil y solo el 30% restante es lo que se imputa a los daños de tu auto</strong>. De manera de que siempre vas a estar ahorrando más eligiendo una cobertura superior.</p>
<p dir="ltr">Otro consejo: muchas aseguradoras ofrecen coberturas <strong>Todo Riesgo con reparación en red de talleres propios</strong>, es decir reparan tu auto en talleres que tienen acuerdo con las compañías, son excelentes los precios de estos productos.</p>
<p><br class="spacer_" /></p>
<p dir="ltr">3) <strong>Hacete valer como cliente</strong>:  ¿sos cliente desde hace muchos años? ¿sos de tener pocos siniestros?  ¿tenés muchos bienes asegurados en la compañía? ¿recomendás la  aseguradora a tus amigos? Todo eso vale mucho para la compañía y es  justo una compensación por ello que la aseguradora seguramente otorgará.</p>
<p><br class="spacer_" /></p>
<p dir="ltr">4) <strong>Compará</strong>:  al momento de cotejar un servicio como el seguro hay que cuidarse de no  caer en la comparación de peras con manzanas. Para eso es importante  conocer:</p>
<ul>
<li>
<p dir="ltr"><strong>Qué cobertura tengo</strong> &#8211; leer, aunque sea,  el frente de póliza</p>
</li>
<li>
<p dir="ltr"><strong>Qué  clase de compañía tengo</strong>. Claramente hay compañías de primera línea y  otras de inferior categoría, no necesariamente la que hace más  publicidad es la mejor, informarse en la web de la Superintendencia de  seguros (www.ssn.gov.ar)</p>
</li>
<li>
<p dir="ltr">Que <strong>condiciones </strong>me ofrecen, revisar cuando se trata de promociones durante cuanto <strong>tiempo estará el beneficio</strong>.</p>
</li>
</ul>
<p><br class="spacer_" /></p>
<p dir="ltr">5) <strong>Promociones y descuentos</strong>:  ¡Como en todo&#8230;! Es conveniente estar atento a promociones y  descuentos, pero revisando las condiciones y compara con tu seguro  actual: <strong>¿Que descuento te ofrecen? ¿Durante cuanto tiempo? Cotejarlo con  los costos de tu póliza actual, teniendo en cuenta si tenes  bonificaciones</strong> por buena siniestralidad o permanencia.</p>
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		<title>Cómo asegurar una empleada doméstica</title>
		<link>http://www.segurototal.com.ar/articulos/como-asegurar-una-empleada-domestica/</link>
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		<pubDate>Thu, 28 Apr 2011 19:18:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[accidente]]></category>
		<category><![CDATA[accidentes personales]]></category>
		<category><![CDATA[art]]></category>
		<category><![CDATA[domestica]]></category>
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		<category><![CDATA[seguro]]></category>

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		<description><![CDATA[Un seguro de accidentes personales para tu empleada doméstica implica no solo cumplir con la ley sino proteger tu patrimonio por cualquier daño que la trabajadora sufriera.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Las últimas reglamentaciones dictadas por el ministerio de trabajo y  por la nueva ley (abril 2011) han otorgado muchos derechos para el  personal doméstico que estaban postrgados. Entre ellos se <strong>obliga </strong>al empleador a contratar un <strong>seguro de accidentes personales</strong>, ya que hasta el momento <strong>no está reglamentada la contratación de ART</strong>.</p>
<p><img class="alignright size-medium wp-image-562" style="float: left;" title="empleada domestica" src="http://www.segurototal.com.ar/wp-content/uploads/2011/04/woman-cleaning-11-216x300.jpg" alt="mucama" width="143" height="199" />El seguro de accidentes personales es una cobertura que <strong>protege al tomador</strong> (contratante de la póliza) cuando el asegurado (en este caso la doméstica) sufra, por un <strong>accidente</strong>, el <strong>fallecimiento</strong>, <strong>invalidez </strong>o necesite<strong> asistencia médica o farmacéutica</strong>.  El ámbito de la cobertura es mientras desarrolla las tareas para la que  fue contratada y en el recorrido de la casa hacia su trabajo y de  vuelta a ésta.</p>
<p>Los límites de cobertura, dependen del producto contratado, pero es recomendable comprar pólizas con<strong> límites altos</strong> y coberturas <strong>prestacionales</strong>, que tienen un funcionamiento muy práctico, similar a una ART u obra social. La empleada accidentada o su patrona<strong> llama a un 0800</strong> que coordina un <strong>turno </strong>o envía una <strong>ambulancia </strong>(cuando fuese urgencia) y luego con la sola <strong>presentación del carnet</strong> será atendida por los profesionales médicos. Este producto suele ser  levemente más caro que el seguro tradicional, pero su practicidad es muy  valorada por los clientes. Los costos van desde los $30 hasta $70 mensuales, dependiendo de la suma asegurada.</p>
<p><strong>Los datos que necesitás para contratar este seguro</strong>:</p>
<ul>
<li>Nombre, apellido, domicilio, fecha de nacimiento y DNI de la trabajadora (si no es argentina, el número de pasaporte)</li>
<li>Tus datos como tomador</li>
<li>Si la trabajadora quiere declarar herederos, sus nombres apellidos y DNI (si no se declaran se tomarán por defecto los herederos legales)</li>
<li>Solo se aseguran a personas entre 14 y 65 años de edad.</li>
</ul>
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		<title>7 consejos para asegurar tu 0km.</title>
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		<pubDate>Thu, 28 Apr 2011 00:48:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[0km]]></category>
		<category><![CDATA[auto]]></category>
		<category><![CDATA[promocion]]></category>
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		<description><![CDATA[Al momento de comprar un cero kilómetro lo elegís, lo probás, comparás con el resto y te decidís por uno. Te damos las recomendaciones para seleccionar el mejor seguro autos: Ojo con las concesionarias: No es recomendable comprar tu seguro en una agencia de autos. La cobertura para tu auto es un tema delicado y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Al momento de comprar un cero kilómetro lo elegís, lo probás,  comparás con el resto y te decidís por uno. Te damos las recomendaciones  para seleccionar el mejor seguro autos:</p>
<ol>
<li><strong>Ojo con las concesionarias: </strong>No es recomendable comprar tu  seguro en una agencia de autos. La      cobertura para tu auto es un  tema delicado y es importante contar con      asesoramiento de  profesionales en la materia. En la concesionaria los      precios suelen  ser altos y las coberturas poco adecuadas.</li>
<li><strong><img class="alignright size-medium wp-image-555" style="float: right;" title="seguro de 0km" src="http://www.segurototal.com.ar/wp-content/uploads/2011/04/buy-car1.s600x6001-300x216.jpg" alt="seguro auto cero kilometro" width="300" height="216" />Valor reposición a 0km</strong>:  buscá una aseguradora que te ofrezca esta cobertura; quiere decir       que si te roban el auto (dentro del primer año de póliza) la compañía te       paga con el mismo valor al que lo compraste (sin depreciación).</li>
<li><strong>Seguro todo riesgo</strong>: siempre conviene elegir una cobertura  todo riesgo, es decir, la más      completa que incluye daños parciales.  Las compañías suelen otorgar precios      más bajos porque consideran  que el dueño de un 0km cuida más a su auto de      estos daños.</li>
<li><strong>Reparación en talleres oficiales</strong>: si contratás una Todo  Riesgo, fijate que contemple la posibilidad de      repara el auto en  talleres oficiales para que no corras riesgo de perder      la garantía  del auto.</li>
<li><strong>Aprovechá promociones</strong>: muchas compañías tienen beneficios  adicionales para autos nuevos,      bonificaciones, coberturas extra,  descuentos especiales.</li>
<li><strong>Descuentos por siniestralidad</strong>: si ya contás con una cobertura  en un compañía que te da descuentos      por buen comportamiento  siniestral o permanencia (como HSBC, Meridional o      Federación  Patronal), considerá seguir con la misma aseguradora y pedí que      te  apliquen esos descuentos. De todos modos siempre es recomendable       comparar precios.</li>
<li><strong>Pedí la factura y certificado de no rodamiento</strong>: es una  constancia que indica que el auto no ha salido del salón de      venta,  esto te pedirá tu aseguradora para evitar la inspección y salir con       el auto asegurado.</li>
</ol>
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		<title>AutoScoring: el seguro de auto más justo</title>
		<link>http://www.segurototal.com.ar/articulos/autoscorin/</link>
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		<pubDate>Wed, 27 Apr 2011 23:15:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[Ayuda]]></category>
		<category><![CDATA[auto]]></category>
		<category><![CDATA[autoscoring]]></category>
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		<category><![CDATA[seguro]]></category>

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		<description><![CDATA["Más seguro manejás, menos seguro pagás" Así es el lema del seguro autoscoring.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: left;">Scoring, significa <strong>puntaje</strong>, la aseguradora asigna una puntuación al comportamiento de cada variable en <strong>cada caso</strong> para determinar el <strong>precio personalizado</strong>. Así, una persona de 40 años, con un vehículo de 5 años de antiguedad, sin hijos en edad de conducir y que recorra 15.000 kilómetros por año; <strong>pagará mucho menos </strong>de seguro que una de 20 años con un auto viejo y que se utilice como reparto o delivery.<br />
 Compañías como HSBC, Meridional, RSA y Zurich ya están utilizando este sistema de cálculo de precios. De esta forma han logrado r<strong>educir los costos de los seguros para sus clientes</strong>, que ahora pagan menos, porque representan menor riesgo de accidente.</p>
<p>El <strong>scoring </strong>ha convertido en la herramienta más precisa para establecer precios de seguros de auto. Consiste en <strong>personalizar </strong>el <strong>precio </strong>del seguro para evitar la injusticia de que aquella persona prudente, responsable y que conduce un auto con buen nivel de seguridad, deba pagar lo mismo que una persona que descuida su vehículo, carece de experiencia al volante o se expone a mayores riesgos. <br />
 Las aseguradoras analizan todas sus estadísticas de siniestros y accidentes y observan determinadas <strong>variables </strong>del vehículo asegurado o del cliente que aumentan la posibilidad de un siniestro, por ejemplo:</p>
<ul style="text-align: left;">
<li><strong>La zona de      uso habitual</strong>: si bien la cobertura se da en todo el país e      incluso países limítrofes, la compañía siempre pregunta por el lugar de      guarda. Autos en zonas mas densamente pobladdas son más propenos a sufrir      accidentes o robos.</li>
<li><strong>El tipo de      vehículo</strong>: hay autos que son más robados que el promedio      para utilizar los repuestos como el Fiat Uno, 147, Duna; el Renault 12, 9,      11; el Ford Escort, Galaxy&#8230; </li>
<li><strong>La      relación peso-potencia</strong> del auto: vehículos livianos pero con motor muy      potente, suelen provocar más siniestros que autos más ‘equilibrados’ en      esa relación.</li>
<li><strong>El cuidado      del auto</strong>: si tiene alarma, rastreo o si se guarda en      garage o cochera nocturna.</li>
<li><strong>La edad      del conductor habitual</strong>, en la generalidad de los casos a medida que una      persona crece adquiere mayor experiencia en el manejo y una conducción      responsable. Se considera que un automovilista de 50 años no maneja igual      que uno de 20.</li>
<li><strong>Los hijos      conductores</strong>, de lo anterior se desprende ésta variable ya      que el dueño del auto a veces tiene hijos que lo manejan y éstos aumentan      el riesgo.</li>
<li style="text-align: left;"><strong>El uso</strong>, en cantidad de kilómetros: un auto que tiene un uso social o      razonable, como llevar los chicos al colegio e ir a trabajar, representa      un riesgo inferior al de un viajante o a un vehículo de delivery, ya que      su presencia en la calle es mucho mayor.</li>
</ul>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Diccionario de seguros</title>
		<link>http://www.segurototal.com.ar/ayuda/glosario/</link>
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		<pubDate>Tue, 19 Apr 2011 23:19:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ayuda]]></category>
		<category><![CDATA[FAQ]]></category>

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		<description><![CDATA[ENCONTRA ACA LO QUE ESTÁS BUSCANDO. Accidente: acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda ser causa de daños a las personas o a las cosas independientemente de su voluntad Accidentes personales: El asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas en Póliza de seguro, en el caso que la persona designada en la misma [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>ENCONTRA ACA LO QUE ESTÁS BUSCANDO.</p>
<p><strong>Accidente:</strong> acontecimiento inesperado, repentino e involuntario  que pueda ser causa de daños a las personas o a las cosas  independientemente de su voluntad<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Accidentes personales:</strong> El asegurador se compromete al pago de  las prestaciones estipuladas en Póliza de seguro, en el caso que la  persona designada en la misma como Asegurado sufriera durante la  vigencia del seguro algún accidente que sea la causa originaria de su  Muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial y siempre  que las consecuencias del accidente se manifiesten a mas tardar dentro  de un año a contar desde la fecha de ocurrido el mismo.</p>
<p><strong>Activos no admitidos: </strong>activos que, de acuerdo con la  reglamentación gubernamental, no son aceptables para ser incluidos en el  balance de una compañía de seguros de vida.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Actuario:</strong> profesional titulado especializado en cálculos  matemáticos y conocimientos estadísticos, económicos, jurídicos y  financieros, cuya función primordial es el asesoramiento a las entidades  Aseguradoras en todas aquellas materias de índole técnica, esenciales  para la determinación de las tarifas, primas del seguro, cálculo de  reservas, etc.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Acuerdo de liquidación: </strong>un acuerdo contractual que rige los  derechos y obligaciones de las partes después del siniestro, en el que  se pacta la indemnización.</p>
<p><strong>Acuerdo de retraso de la prima:</strong> permite al contratante de la  póliza colectiva postergar el pago de las primas mensuales del seguro  colectivo durante un período estipulado de tiempo, después del  vencimiento del período de gracia de la póliza.</p>
<p><strong>Acuerdo retrospectivo de fijación de prima: </strong>el asegurador  acepta cobrar al contratante de la póliza colectiva una prima mensual  inferior a la que cobraría normalmente por el plan colectivo de seguro  de salud y el contratante de la póliza acepta pagar un monto adicional  al asegurador si al final del año de vigencia de la póliza, la  experiencia de reclamaciones del grupo ha sido desfavorable.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Afianzadora Latinoamericana:</strong> Compañía de seguros de caución, 25 de Mayo 81, Piso 4º ( 1002) CABA Tel. 4331-2320.</p>
<p><strong>Agencia</strong>: una oficina que es establecida y mantenida por un agente general.</p>
<p><strong>Agente:</strong> es la persona que es autorizada por la parte principal  de un contrato para actuar en su nombre en cualquier tipo de  transacciones contractuales con terceras personas.</p>
<p><strong>Agente de seguros:</strong> una persona autorizada por una compañía de  seguros para representar a esa compañía en sus negociaciones con  personas que solicitan seguros.</p>
<p><strong>Agentes exclusivos:</strong> agentes que representan productos de una sola compañía y no se les permite vender los de otra.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Agravación del riesgo:</strong> modificación o alteración posterior a  la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de un evento,  afecta a un determinado riesgo. El tomador del seguro o Asegurado  deberá, durante el curso del contrato, comunicar al Asegurador, todas  las circunstancias que agraven el riesgo. Solo se debe denunciar la  agravación del riesgo que obedezca a motivos específicamente previstos  en el contrato.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Agro (seguros de):</strong> Existen diversos tipos de seguros relacionados al agro, como:</p>
<ul>
<li> Integral agropecuario: destinado a cubrir los riesgos habituales de un establecimiento.</li>
<li> Silo bolsa: coberturas para cereales en silo bolsa.</li>
<li> Granizo: caída de piedra graniza en campos.</li>
<li> Sequía.</li>
<li> Inundación.</li>
<li> Incendio.</li>
</ul>
<p><strong>Agrosalta: </strong>Compañía de seguros generales. 20 de Febrero 197 E.P. (4400) Salta. Teléfono     (0387) 401-1610/11.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Alba: </strong>Compañía de seguros de caución. Av. Pedro Luro 2630 Piso 2º Depto. 3 y 4 (7600) Mar Del Plata .Teléfono  4343-9411/9610.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Alico: </strong>Compañía de seguros de vida. Tte. Gral. Peron 646 Piso 3° (1038) CABA Teléfono  4340-3500 0-800-2225426 4340-3581.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Allianz: </strong>Compañía de seguros generales y vida. San Martín 550 (1004) Buenos Aires. Teléfono 4320-3800/01.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>American Home:</strong> Compañía de seguros de garantías extendidas: Pte. Perón 646 piso 4° (1038) CABA 4909-7400.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Antartida: </strong>Compañía de seguros generales: 25 de Mayo 674 (1002) CABA Teléfono     5236-5206.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Argentina Salud y Vida:</strong> Compañía de seguros de vida. 	Montevideo 431, Piso 3º y 4º (1019) CABA Tel 4372-6115<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>Argos:</strong> Compañía de seguros de transporte público de pasajeros. Esmeralda 288, Piso 6° (1035) CABA Tel 4323-1200 ó  4326-5851/54.<br />
 <strong> </strong></p>
<p><strong>ACG (Aseguradora de Créditos y Garantías): </strong>Compañía de seguros de caución. Maipú 71, piso 4º (1084) CABA Tel. 4320-7200</p>
<p><strong>ATM (Aseguradora Total Motovehicular):</strong> Compañía de seguros generales. Tres de Febrero 1902 PISO 7º (1428) Tel. 4786-9406.</p>
<p><strong>Aseguradora de Cauciones:</strong> Compañía de seguros de cauciones. Paraguay 580 (1057) CABA 5235-3700.</p>
<p><strong>Asociart ART:</strong> Compañía de riesgos del trabajo. L. N. Alem 621/639 (1001) CABA 4317-7400.</p>
<p><strong>Assekuranska:</strong> Compañía de seguros de transporte. Carlos Pellegrini 989, Piso 12º (1009) CABA 5254-5267.</p>
<p><strong>Assurant Argentina: </strong>Compañía de seguros de garantías extendidas. Ingeniero Butty 240, Piso 15º (1001) CABA 4121-8666.</p>
<p><strong>BHN Seguros:</strong> Compañía aseguradora del Banco Hipotecario Nacional. Reconquista 46, 8º Piso (1003) CABA 4347-1050/1051.</p>
<p><strong>Amortización:</strong> es el proceso por medio del cual un préstamo es  gradualmente pagado o cancelado, haciendo pagos periódicos del capital y  los intereses durante la duración del préstamo.</p>
<p><strong>Aniversario de la póliza:</strong> es el aniversario de la fecha en que se emite la póliza.</p>
<p><strong>Aporte al excedente:</strong> en las compañías de seguros mutuos, el  ingreso adicional de dinero el cual es mayor a la cantidad necesaria  para pagar el costo de proporcionar seguros.</p>
<p><strong>ART: </strong>Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) son  empresas privadas contratadas por los empleadores para asesorarlos en  las medidas de prevención y para reparar los daños en casos de  accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.</p>
<p><strong>Asegurado:</strong> la persona cuyo patrimonio,  vida o salud se asegura en la póliza.</p>
<p><strong>Asegurador:</strong> empresa que asume la cobertura del riesgo,  previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia de  Seguros de la Nación (SSN).</p>
<p><strong>Asegurable:</strong> es la persona que se propone como asegurado (antes de emitida la póliza).</p>
<p><strong>Asegurados colectivos:</strong> las personas cubiertas por una póliza de seguro colectivo.</p>
<p><strong>Auditor:</strong> persona especializada en el análisis de la situación y  evolución de las Aseguradoras, mediante cuyos conocimientos  estadísticos, económicos, jurídicos y financieros, evalúa el estado de  las entidades en un momento determinado, cuya función primordial es el  asesoramiento y certificación de los documentos (Balances, Declaraciones  Juradas, etc.), que las aseguradoras tienen obligadamente que elaborar  de acuerdo a la normativa vigente.</p>
<p><strong>Anulación:</strong> implica la nulidad del contrato de seguros,  quitándole validez y extinguiendo las obligaciones de las partes.  Existen distintos tipos de anulaciones:</p>
<ul>
<li> <strong>Anulación por falta de pago:</strong> cuando la aseguradora declara nulo el contrato al no haber recibido en tiempo y forma los pagos acordados en la póliza.</li>
<li> <strong>Anulación por desistimiento: </strong>cuando el asegurado solicita a  la compañía aseguradora la anulación, por su propia decisión. El  asegurado puede anular su póliza en cualquier momento y sin expresar  razón alguna.</li>
<li> <strong>Anulación por venta:</strong> en seguros de auto, el asegurado puede solicitar la anulación de la póliza por la venta del vehículo.</li>
<li> Anulación por inexistencia del bien asegurado: se anula el contrato de seguros cuando el bien ya no existe.</li>
<li> <strong>Anulación por reemplazo:</strong> cuando la aseguradora anula la  póliza pero la reemplaza por otra, con consentimiento del cliente,  usualmente para corregir errores de la primera.</li>
<li> <strong>Anulación desde inicio: </strong>cuando se anula el contrato desde su  comienzo, devolviendo la prima al asegurado. Las compañías solo emplean  este tipo de anulación cuando existe una causa justa que lo amerite,  por ejemplo que el asegurado demuestra no haber dado el consentimiento  para la contratación de dicha póliza.</li>
<li> <strong>Anulación por decisión de la aseguradora (de la compañía):</strong> es una anulación unilateral por parte del asegurador. La ley argentina  le obliga a notificar por carta documento al asegurado con 15 días  previos a la anulación, pero no está obligada a dar razones y esperar  consentimiento del asegurado. Por lo general se anulan pólizas por  decisión de la compañía, cuando hay sospecha de fraude por parte del  asegurado; pero puede haber otras razones.</li>
</ul>
<hr />
<p><strong>Beneficiario:</strong> la persona o parte que el contratante de la póliza ha designado para recibir el beneficio de la misma.</p>
<p><strong>Beneficiario contingente:</strong> quien recibirá el producto de la póliza si el beneficiario primario muere antes que el asegurado.</p>
<p><strong>Beneficiario irrevocable:</strong> el contratante de la póliza no tiene derecho a cambiar la designación de beneficiario, a menos que el beneficiario lo conceda.</p>
<p><strong>Beneficiario primario:</strong> la parte designada para recibir el producto de la póliza a la muerte del asegurado.</p>
<p><strong>Beneficiario revocable:</strong> el beneficiario de una póliza de  seguro de vida cuya designación como beneficiario puede ser cancelada  por el dueño de la póliza en cualquier momento antes de su muerte.</p>
<p><strong>Beneficio de asegurabilidad garantizada:</strong> con frecuencia es  proporcionado por una póliza que otorga al contratante de la póliza el  derecho a comprar un seguro adicional del mismo tipo que la póliza de  seguro de vida a la cual se adjunta la cláusula adicional sin presentar  evidencias de asegurabilidad.</p>
<p><strong>Beneficio de doble indemnización: </strong>sucede cuando el monto del beneficio de muerte accidental es igual al monto nominal de la póliza de seguro de vida.</p>
<p><strong>Beneficio de enfermedad catastrófica:</strong> el asegurador acepta  pagar una porción del monto nominal de la póliza a un contratante de  póliza-asegurado que sufre una enfermedad determinada.</p>
<p><strong>Beneficio de enfermedad terminal:</strong> un beneficio en el cual el  asegurador paga una porción del beneficio de muerte establecido en la  póliza a un contratante de póliza-asegurado afectado por una enfermedad  terminal y cuya expectativa de vida, según certificación médica, es de  12 meses o menos.</p>
<p><strong>Beneficio de exención de pago de prima por invalidez:</strong> el  asegurador promete renunciar a su derecho a cobrar las primas de  renovación que venzan mientras el asegurado está en estado de invalidez  total.</p>
<p><strong>Beneficio de incaducidad:</strong> beneficios disponibles para el dueño de una póliza de seguro de vida que acumula un valor efectivo.</p>
<p><strong>Beneficio de ingresos por invalidez:</strong> establece el pago de una renta mensual al contratante de la póliza-asegurado en el caso de invalidez total.</p>
<p><strong>Beneficio de la póliza:</strong> cierto monto de dinero que la compañía  de seguros conviene pagar cuando ocurre una pérdida específica. También  se conoce como producto de la póliza.</p>
<p><strong>Beneficio de muerte accidental</strong>: si el beneficiario muere como  consecuencia de un accidente, el asegurador pagará al beneficiario  designado un monto en dinero además del beneficio básico por muerte  estipulado en la póliza de seguro de vida.</p>
<p><strong>Beneficio de opción de adiciones saldadas:</strong> permite al dueño de  una póliza de seguro de vida entera comprar adiciones liberadas de  prima única, en fechas determinadas en el futuro y, por lo tanto,  aumentar el monto de cobertura proporcionado bajo la póliza básica.</p>
<p><strong>Beneficio de familia:</strong> es una cláusula de una póliza de seguro de vida que provee cobertura temporal a la esposa/esposo e hijos del asegurado.</p>
<p><strong>Beneficio por muerte:</strong> la cantidad de pagada o a ser pagada  cuando una persona asegurada bajo una póliza de seguro de vida muere.  Esta cantidad no incluye ajustes por dividendos o préstamos.</p>
<p><strong>Beneficio residual por invalidez parcial:</strong> es el pago del beneficio de ingreso por invalidez que se efectúa a un asegurado parcialmente incapacitado.</p>
<p><strong>Beneficios de invalidez:</strong> beneficios que son pagados  periódicamente mientras el asegurado continúa sufriendo de invalidez.  &#8220;Estar invalido&#8221; generalmente es definido en términos de la incapacidad  para trabajar. Ver invalidez total.</p>
<p><strong>Berkley: </strong>Compañía de seguros generales, vida y ART. Mitre 699 (2000) Rosario (0341) 4104200.</p>
<p><strong>Bernardino Rivadavia:</strong> Compañía de seguros generales. Avenida 7 755, La Plata, tel (0221) 513-3200</p>
<p><strong>Binaria:</strong> Compañía de seguros de vida del grupo Osde. Av. L. N. Alem 1050, Piso 12º (frente) (1001) CABA 4310-5054/5305/5306/5262.</p>
<p><strong>Bonacrossi Seguros:</strong> Compañía de seguros de sepelio. Chiclana 380 (8000) Bahía Blanca (0291) 455-0950.</p>
<p><strong>Boston:</strong> Compañía de seguros generales. Suipacha 268 &#8211; 3°,4° y 10°piso (1008) CABA 4324-5555.</p>
<hr />
<p><strong>Caducar:</strong> si una prima de renovación no se paga al término del período de gracia se dice que ha caducado.</p>
<p><strong>Caja, La (Seguros SA): </strong>Compañía de seguros generales, vida y ART. Fitz Roy 957 (1414) CABA 4857-8118.</p>
<p><strong>Caminos Protegidos: </strong>Compañía de seguros generales, Venezuela 823 1º Piso (1096) CABA Teléfono     5288-7600 3535-3798.</p>
<p><strong>Capacidad contractual</strong>: la capacidad legal para suscribir contratos.</p>
<p><strong>Capital asegurado:</strong> Se llama así al máximo pagadero en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de póliza.</p>
<p><strong>Cardiff Seguros:</strong> Compañía de seguros generales (bancarios), Av. Alicia M. de Justo 170, Piso 3º (1107) CABA  4315-2726/1454.</p>
<p><strong>Carencia:</strong> período durante el cual el Asegurado paga primas  pero no recibe la cobertura prevista en la póliza. Se extiende desde la  fecha de inicio del contrato hasta una fecha posterior determinada. Solo  se aplica en los Seguros de Vida y enfermedades para evitar posibles  fraudes y antiselección.</p>
<p><strong>Caruso Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. Av. M. T. de Alvear 328 (5000) Còrdoba Tel. 351 421-1112/3 422-7728</p>
<p><strong>Caución:</strong> El seguro de caución, o seguro de garantía, es aquel  contrato de seguro mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar  al asegurado por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del  seguro incumpla las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga  con éste. Tipos de seguros de caución:</p>
<ul>
<li><strong>Garantías aduaneras:</strong> seguro destinado a avalar diferentes <strong>obligaciones derivadas del Código Aduanero</strong> y otras normas vinculadas al comercio exterior. Tipos de garantías aduaneras:
<ul>
<li><strong>Tránsito Terrestre:</strong> se cubren los derechos de importación de mercaderías ingresadas con destino a otra aduana de despacho o de salida del país.</li>
<li><strong>Falta de Documentación:</strong> permite al importador el retiro de la  mercadería sin demoras, garantizando la posterior presentación de la  documentación de embarque.</li>
<li><strong>Importación Temporal:</strong> permite a exportadores la incorporación  de insumos importados a sus productos sin abonar los derechos de  importación, garantizando su posterior reexportación.</li>
<li><strong>Diferencias de Derechos:</strong> utilizable cuando se presentan controversias sobre las tasas o derechos aplicables a la importación de que se trate.</li>
<li><strong>Garantías contractuales:</strong> son aquellas que reconocen su existencia como <strong>fianzas accesorias</strong> en un contrato base que les da vida. Este contrato puede ser de obra,  suministro o servicio, y pertenecer tanto al ámbito público como al  privado.<br />
 Según cuál sea el tipo de contrato y la obligación a garantizar existen  pólizas específicas, con variantes en cuanto a los tipos de cobertura,  su alcance y condiciones. Tipos de garantías contractuales:</p>
<p><br class="spacer_" /></p>
<ul>
<li><strong>Mantenimiento de Oferta:</strong> ampara la obligación de mantener la  oferta presentada y de firmar el contrato en caso de resultar  adjudicado, presentando la garantía de ejecución de contrato.</li>
<li><strong>Ejecución de Contrato o Adjudicación:</strong> garantiza el  cumplimiento del contrato en tiempo y forma. Comunmente, las normas de  contratación prevén su constitución por un valor de entre el 5% y 15%  del contrato garantizado.</li>
<li><strong>Anticipos Financieros o por Acopios:</strong> cubre la aplicación del  dinero recibido al efectivo cumplimiento de los trabajos contratados,  liberándose conforme al avance del contrato o con el acopio en obra de  los materiales.</li>
<li><strong>Sustitución de Fondos de Reparo:</strong> respalda la obligación del  contratista o proveedor de subsanar las deficiencias por vicios ocultos,  sustituyendo la retención líquida prevista en el contrato. Su  liberación opera al momento de cumplirse el periodo de garantía del  contrato.</li>
<li><strong>Tenencia de Bienes o Materiales:</strong> cubre la devolución al  Asegurado de bienes o materiales que han sido entregados para uso,  reparación o incorporación a la obra, suministro o montaje a cargo del  Tomador. La garantía es por el valor de dichos bienes o materiales.</li>
<li><strong>Avance de Fabricación en Taller:</strong> garantiza el dinero recibido por el Tomador durante la fabricación de un bien y previo a su entrega.</li>
<li><strong>Garantías judiciales:</strong> Las garantías judiciales ponen a  disposición de los litigantes un medio idóneo y económicamente accesible  para garantizar sus obligaciones procesales cuando el Código respectivo  así lo exige. Básicamente, el seguro de caución para garantías  judiciales es aplicable en toda situación en la que un juez ordene la  constitución de una garantía propia del derecho privado, ya que permite  que se indemnicen perjuicios, créditos, costas y multas cuando se  incumple lo acordado.</li>
<li><strong>Caución IGJ:</strong> es un seguro de caución obligatorio que exige la  Inspección General de Justicia a todos los directores de sociedades por  acciones en la resolución 20/2004. Dicha caución tiende a garantizar el  cumplimiento de las obligaciones frente al órgano por parte de los  directores.</li>
<li><strong>Garantías comerciales:</strong> Existen diferentes tipos de coberturas que son solicitadas como requisito para la <strong>inscripción en ciertos registros habilitantes</strong> de profesionales y proveedores de servicios son las que conforman las <strong>garantías comerciales</strong>.  Por ejemplo: los Almacenadores y Comercializadores de Combustibles  Líquidos y/o GNC, Agencias de Turismo, Auditores de Seguridad,  Martilleros y Corredores Inmobiliarios y Servicios de Transporte para  turismo.</li>
</ul>
</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>Certificado de cobertura: </strong>documento por el cual se prueba la  existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben figurar  las informaciones que la identifican, como ser: suma asegurada,  vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios, etc.</p>
<p><strong>Cesión absoluta</strong>: una cesión de una póliza de seguro de vida o  de renta vitalicia bajo la cual el propietario de la póliza traspasa  todos sus derechos de propiedad sobre la misma al cesionario.</p>
<p><strong>Cesión de beneficios</strong>: una autorización del asegurado para que el asegurador pague los beneficios directamente al proveedor de un servicio médico.</p>
<p><strong>Cesión prendaria:</strong> una cesión temporal del valor monetario de la póliza de seguro de vida o de renta vitalicia como garantía por un préstamo.</p>
<p><strong>Cheque pre-autorizado:</strong> una técnica de pago de prima automático  bajo el cual el dueño de la póliza autoriza a la compañía de seguros  para generar cheques contra la cuenta corriente o la cuenta de ahorros  del dueño de la póliza.</p>
<p><strong>Chubb Seguros: </strong>Compañía de seguros de cauciones. Hipolito Bouchard 710 Piso 11º (1106) CABA 4510-1500.</p>
<p><strong>Clames made:</strong> es una modalidad de seguros de responsabilidad  civil profesional. Establece que se indemnizarán los siniestros  reclamados durante la vigencia establecida en el contrato de seguros,  sin importar la fecha de ocurrencia de los mismos.</p>
<p><strong>Cláusula:</strong> se refiere a las disposiciones del contrato de seguros.</p>
<ul>
<li><strong>Cláusula adicional</strong> una modificación a una póliza de seguro  que pasa a ser parte del contrato de seguro ya que amplía o limita los  beneficios pagaderos en virtud de dicho contrato.</li>
<li><strong>Cláusula de ajuste: </strong>establece que la aseguradora se  compromete a contemplar la variación del valor del bien asegurado entre  aquel que figure como capital asegurado  en póliza contra el valor de  mercado, en hasta un porcentaje especificado en la póliza. Usualmente  aparece en pólizas de seguros de auto en porcentajes de 10% a 50%.</li>
<li><strong>Clausula de estabilización:</strong> especifica que la aseguradora se  compromete a actualizar las sumas aseguradas de la póliza, frente a un  siniestro, aplicando el índice de precios correspondiente (de valores de  la construcción por ejemplo), en hasta un porcentaje especificado en  póliza.</li>
<li><strong>Cláusula exclusión</strong> <strong>especifica</strong> que no se otorgarán beneficios por ningún siniestro resultante de la condición especificada en la cláusula.</li>
<li><strong>Cláusula de acciones legales</strong> limita el plazo durante el cual  un reclamante que está en desacuerdo con la decisión del asegurador con  respecto a la reclamación tiene derecho a demandar el asegurador para  cobrar el monto que el reclamante considera que se le adeuda bajo la  póliza.</li>
<li><strong>Cláusula de beneficiario preferencial estipula</strong> que si el  dueño de la póliza no designa a un beneficiario, entonces el asegurador  pagará el producto de la póliza en un orden de preferencia establecido.</li>
<li><strong>Cláusula de beneficio de muerte acelerada</strong> estipula que un  contratante de póliza-asegurado puede elegir entre recibir la totalidad o  parte del beneficio de muerte de la póliza antes de su muerte si se  cumplen ciertas condiciones.</li>
<li><strong>Cláusula de beneficios complementarios</strong> es agregada a una póliza de seguro para proveer beneficios adicionales.</li>
<li><strong>Cláusula de cesión</strong> describe el papel del asegurador y del propietario de la póliza ante la cesión de la póliza.</li>
<li><strong>Cláusula de condiciones preexistentes </strong>donde se establece que  el asegurador no pagará beneficios por una condición preexistente hasta  que (1) el asegurado haya estado cubierto bajo la póliza por un período  de tiempo determinado y (2) que la condición fue revelada en la  solicitud.</li>
<li><strong>Cláusula de exclusión por suicidio</strong> rige el pago del producto de una póliza si el asegurado muere como consecuencia de suicidio, solo para seguros de vida.</li>
<li><strong>Cláusula de incontestabilidad o cláusula de indisputabilidad </strong>la  cláusula en pólizas de seguro de vida que especifica que después que la  póliza ha estado en vigor durante un período determinado, por lo  general dos o tres años, el asegurador no puede utilizar las  representaciones falsas importantes contenidas en la solicitud para  invalidar la póliza ni para rechazar una reclamación, a menos que tales  representaciones falsas sean fraudulentas.</li>
<li><strong>Cláusula de muerte accidental y desmembramiento </strong>generalmente  especifica que un determinado monto del beneficio asegurado se pagará  si, debido a un accidente, el asegurado pierde dos extremidades o la  visión de ambos ojos.</li>
<li><strong>Cláusula de posición o de categoría</strong> [militar] es un tipo de  exclusión por riesgos de guerra el cual excluye pago de beneficios por  cualquier perdida ocurrida mientras que el asegurado se encuentre  prestando el servicio militar</li>
<li><strong>Cláusula de préstamo </strong>contra la póliza otorga al dueño de un  seguro de vida o de una póliza de renta vitalicia el derecho a obtener  un préstamo por un monto que no exceda el valor neto en efectivo  (acumulado) de la póliza menos los intereses sobre el préstamo  correspondientes a un año.</li>
<li><strong>Cláusula de no repetición:</strong> mediante esta disposición la  aseguradora se obliga a indemnizar sin subrogar (sin transferir la  responsabilidad ni el pago del siniestro) a personas o empresas  especificadas en la póliza. Suele ser utilizado en seguros de accidentes  personales.</li>
<li><strong>Cláusula de rehabilitación</strong> establece que el asegurador  rehabilitará una póliza que ha caducado por no pago de primas, siempre y  cuando se cumplan ciertas condiciones.</li>
<li><strong>Cláusula de renovación</strong> (1) otorga al dueño de la póliza el  derecho a renovar la cobertura de seguro al final del plazo especificado  sin presentar evidencia de asegurabilidad (2) describe las  circunstancias bajo las cuales el asegurador tiene derecho a rehusarse a  renovar o a cancelar la cobertura y a aumentar la tarifa de prima de la  póliza.</li>
<li><strong>Cláusula de retiro contra la póliza </strong>permite al dueño de la póliza reducir el monto del valor en efectivo de la póliza retirando hasta ese monto en efectivo.</li>
</ul>
<p><strong>CNP Assurance Seguros:</strong> Compañía de seguros de vida. M.T.de Alvear 1541 (1060) CABA Tel 5811-7900/7942/43.</p>
<p><strong>Coaseguro:</strong> cuando dos o mas aseguradoras acuerdan aseguran un  mismo riesgo de un mismo tomador. Se determina una compañía “Piloto” que  fija las condiciones y luego se acuerdan los porcentajes en que las  demás aseguradoras participan en el negocio. Se hacen pólizas  coaseguradas para riesgos corporativos.</p>
<p><strong>Cobertura de gastos médicos</strong> proporciona beneficios para pagar el tratamiento de las enfermedades y lesiones de un asegurado.</p>
<p><strong>Cobertura de ingresos por invalide</strong>z otorga un beneficio  determinado de reemplazo de ingresos periódicos a un asegurado que  pierde su capacidad de trabajar debido a una enfermedad o lesión  accidental.</p>
<p><strong>Cobertura de renta familiar</strong> un plan de seguro temporal  decreciente que ofrece un monto de beneficio en rentas mensuales al  cónyuge que sobrevive al asegurado si el asegurado fallece dentro del  plazo de la cobertura.</p>
<p><strong>Combinado familiar: </strong>sinónimo de seguro de hogar.</p>
<p><strong>Compañía cedente o compañía que suscribe directamente</strong> es la compañía que busca reasegurar un riesgo.</p>
<p><strong>Compañía de seguros por acciones</strong> una compañía de seguros que  es propiedad de personas que compran acciones de capital en la compañía,  conocidos como los accionistas.</p>
<p><strong>Comercio, El:</strong> Compañía de seguros generales. Maipú 71, Planta Baja (1084) CABA Tel 4394-9111/9292 ó 4324-1300/1400.</p>
<p><strong>Condición preexistente</strong> una lesión que ocurrió o una enfermedad  que se manifestó por primera vez antes de la emisión de la póliza y que  no fue revelada en la solicitud.</p>
<p><strong>Consolidar Seguros: </strong>Compañía de seguros generales, vida y ART. Av. Independencia 169, Piso 2° (1099) CABA Tel 4131-4100.</p>
<p><strong>Convenio de reaseguro </strong>es el documento legal entre la compañía  cedente y la reaseguradora, que especifica los riesgos que serán  reasegurados y los plazos y las condiciones del reaseguro, incluido el  plan de reaseguro.</p>
<p><strong>Contrato de seguro: </strong>documento por el cual el Asegurador se  obliga, mediante el pago de una prima o cotización, a resarcir un daño o  cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.</p>
<p><strong>Copan:</strong> Compañía de seguros generales. Diagonal 77 N° 448 (1900) La Plata Tel. 0221  422-1626.</p>
<p><strong>Crédito a la exportación:</strong> es un seguro cuyo objetivo es cubrir  los riesgos asociados con las operaciones de exportación, indemnizando  las pérdidas por incobrabilidad que experimenten las empresas y  productores que participan del comercio internacional.</p>
<p><strong>Cristales:</strong> cobertura ante las rajaduras o roturas, sufridos  por todos los cristales de su casa que están colocados en posición  vertical (por ejemplo: vidrios de puertas, ventanas y espejos).</p>
<p><strong>Curva de mortalidad </strong>corresponde a un gráfico lineal que representa la tasa de mortalidad, según sus cambios de una edad a otra.</p>
<hr />
<p><strong>D&amp;O (directors and officers – directores y gerentes):</strong> es  un seguro que tiende a cubrir la responsabilidad de directores y  gerentes de empresas en el desarrollo de su actividad. La cobertura  suele ser muy amplia pero podemos enumerar los siguientes puntos:</p>
<ul>
<li>Mala administración del capital social.</li>
<li>Incumplimiento de los Estatutos Sociales.</li>
<li>Realización de inversiones inadecuadas.</li>
<li>Falta de verificación y firma de documentos.</li>
<li>Distribución improcedente o abusiva de dividendos.</li>
<li>Facilitar información incorrecta</li>
<li>Decisiones erróneas en supuesto de fusiones y adquisiciones.</li>
<li>Asunción de obligaciones que la sociedad no puede afrontar.</li>
<li>Infidelidad de empleados.</li>
</ul>
<p><strong>Daños por agua al mobiliario:</strong> La acción directa del agua sobre  el mobiliario a causa de filtración, derrame o escape, como  consecuencia de la rotura, obstrucción o deficiencia en la instalación  destinada a contenerla.</p>
<p><strong>Daño parcial:</strong><strong> </strong>cubre los daños (abolladuras, roturas,  rayaduras, etc) que pudiera sufir el vehículo en un accidente con otro  auto o solo, por lo general esta cobertura tiene una participación del  asegurado en el siniestro, es decir la aseguradora cubre a partir de  cierto monto del costo de reparación.</p>
<p><strong>Declaración anual </strong>es un reporte que contiene información  detallada de contabilidad y datos estadísticos que reguladores de la  industria utilizan para evaluar la solvencia de las compañías de seguros  y su conformidad con las leyes respectivas relacionadas con la  industria del seguro.</p>
<p><strong>Declaración jurada: </strong>elemento utilizado para reemplazar a una  inspección del riesgo asegurable en el que el mismo proponente realiza  una autoevaluación del activo a asegurar respondiendo a preguntas de la  aseguradora.</p>
<p><strong>Deducible: </strong>es la participación monetaria del asegurado en el  siniestro, es decir, valor que se encuentra a cargo del asegurado en  caso de producirse el siniestro.</p>
<p><strong>Demografía </strong>las características de una población, como el  número de matrimonios, nacimientos, divorcios, familias con doble  ingreso, hogares con un solo padre, jubilaciones y la edad de la  población en general.</p>
<p><strong>Denuncia:</strong> El tomador, o derechohabiente en su caso, comunicará  al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres días de  conocerlo. El asegurador  no podrá alegar el retardo o la omisión si  interviene en el mismo plazo en las operaciones de salvamento o de  comprobación del siniestro o del daño.</p>
<p>El asegurado está obligado a suministrar al asegurador, a su pedido,  la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de  la prestación a su cargo y a permitirle las indagaciones necesarias a  tal fin.</p>
<p><strong>Departamento actuarial</strong> es el departamento de una compañía de  seguro responsable de ver que las operaciones de la compañía sean  conducidas sobre una base matemática. Junto con otros departamentos,  diseñan y revisan los productos de seguro de vida y salud que ofrece la  compañía. El departamento actuarial calcula primas, dividendos,  determina cuales deben ser las reservas de los pasivos y el monto de los  préstamos. También predice las tasas de mortalidad y morbilidad,  establece pautas para la selección de riesgos y determina la  productividad de los productos de la compañía.</p>
<p><strong>Departamento de administración de reclamos </strong>el departamento en  una compañía de seguros el cual es responsable de la tramitación de  reclamos. En este departamento, los examinadores de los reclamos revisan  los reclamos presentados por los contratantes de las pólizas o  beneficiarios, verifican la validez del reclamo, y autorizan el pago de  los beneficios a la persona adecuada.</p>
<p><strong>Departamento de inversiones</strong> en una compañía de seguros examina  el mercado financiero, recomienda las estrategias de investigación al  comité de investigación de la compañía, y administra las inversiones de  la compañía de acuerdo a las políticas establecidas por la junta  directiva y el comité de inversiones de la compañía.</p>
<p><strong>Departamento de selección de riesgos o suscripción </strong>en una  compañía de seguros este departamento selecciona los riesgos que una  compañía asegurará. Es responsable de asegurar que las tasas de  mortalidad o morbilidad reales de los asegurados de la compañía no  sobrepasen las tasas supuestas cuando se calcularon las tasas de las  primas. El seleccionador de riesgos considera la edad, peso, condición  física, historia personal y familiar, ocupación y recursos financieros  del solicitante, como también, otros factores de selección para  determinar el grado de riesgo presentado por el asegurado propuesto.  Este departamento puede participar además en la negociación y  administración de los contratos de reaseguro, a través de los cuales una  compañía de seguros transfiere una parte o todo el riesgo del seguro a  otra compañía de seguros.</p>
<p><strong>Derecho de emisión:</strong> forma parte de la estructura de costo de  la póliza, supone ser un monto destinado a cubrir los gastos de  confección del contrato.</p>
<p><strong>Derecho de revocación</strong> el derecho del dueño de la póliza a  cambiar la designación de beneficiario cuantas veces lo desee durante la  vigencia de la póliza.</p>
<p><strong>Destrucción total (Daño total):</strong> la aseguradora indemnizará al  titular del vehículo ante una destrucción total del mismo, existen dos  formas de determinarla, una es cuando el valor de los restos no supera  el 20% del valor del vehículo en plaza y la otra es cuándo el costo de  reparación es superior al 80% del valor del vehículo en plaza.</p>
<p><strong>Diversificación l</strong>a estrategia de inversión a través de la cual  las compañías compran varios tipos distintos de inversiones para  disminuir la probabilidad de que el mal desempeño de cualquier inversión  individual tenga un efecto negativo significativo en la cartera de la  compañía</p>
<p><strong>Dividendo de la póliza</strong> la participación del propietario de una póliza en el excedente divisible.</p>
<p><strong>Duplicidad de seguros:</strong> ocurre cuando existen dos (o más)  contratos de seguros para el mismo bien. Legalmente, no puede pretender  cobrarse indemnización a varias compañías, es considerado fraude. Solo  en seguros de vida pueden tenerse tantas pólizas como se quiera y para  seguros patrimoniales pueden existir riesgos coasegurados por dos o más  compañías que se reparten el riesgo.</p>
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<p><strong>El Progreso:</strong> Compañía de seguros generales. Av. Córdoba 2522, PB (1120) CABA. Tel 4961-3680.</p>
<p><strong>El Surco:</strong> Compañía de seguros generales. Av. de Mayo 701, piso 19º (1084) CABA Tel 5252-1600.</p>
<p><strong>Embarcaciones de placer: </strong>seguros destinados a cubrir naves de  placer: lanchas y barcos de uso particular. Entre las coberturas más  frecuentes encontramos: responsabilidad civil, pérdida total y parcial  por inundación e incendio,</p>
<p><strong>Emisión: </strong>proceso por el cual la aseguradora da forma escrita al contrato de seguros, su resultado es la póliza (emisión de póliza).</p>
<p><strong>Endoso: </strong>modificación a la póliza, pueden implicar correcciones, aumentos o disminuciones de coberturas o anulación.</p>
<p><strong>Enfermedad profesional: </strong>Una enfermedad profesional es aquella  producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado  de Enfermedades Profesionales establecido por el Decreto Nº 658/96  (clic) y su norma modificatoria Decreto Nº 1167/03 (clic) en el cual se  identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y  actividades en las que suelen producirse estas enfermedades. Si la  enfermedad no se encuentra en el listado y se sospecha que es producida  por el trabajo, hay que realizar la denuncia ante la ART, el Empleador  Autoasegurado o el Empleador no asegurado, y será la Comisión Médica la  que definirá si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.</p>
<p><strong>Escudo Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. Av. Corrientes 330, Piso 4º (1043) CABA Tel 4394-9494.</p>
<p><strong>Evidencia de asegurabilidad </strong>prueba que una persona es un riesgo asegurable.</p>
<p><strong>Excedente divisible</strong> el excedente disponible para distribución a los propietarios de las pólizas con participación.</p>
<p><strong>Exclusiones</strong> describen las circunstancias bajo las cuales el  asegurador no pagará el producto de la póliza después de la muerte del  asegurado.</p>
<p><strong>Experiencia de mortalidad</strong> el número de muertes que se produce efectivamente en un grupo dado de asegurados.</p>
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<p><strong>Factores agravantes</strong> en son los aspectos que tienden a aumentar las probabilidades de ocurrencia de un siniestro.</p>
<p><strong>Factores de riesgo</strong> cualquier aspecto de la salud, ocupación,  actividades o estilo de vida del asegurado propuesto que podría  incrementar la morbilidad o mortalidad esperada. También conocido como  problema de salud específico.</p>
<p><strong>Federacion Patronal:</strong> Compañía de seguros generales, vida y ART. Avda. 51 nro. 770 (1900) La Plata  Tel (0221)429-0200.</p>
<p><strong>Fianzas de créditos:</strong> Compañía de seguros de cauciones, Bouchard 557/599 Piso 11º (1106) CABA Tel 5554-9000.</p>
<p><strong>Flota:</strong> seguro colectivo de autos, se aseguran bajo una misma  póliza varios autos generando una sola factura y por lo general mejores  costos por cantidad.</p>
<p><strong>Formulario de reclamación</strong> es una solicitud para el pago de los beneficios contemplados bajo una póliza de seguros.</p>
<p><strong>Franquicia:</strong> usualmente es entendido como sinónimo de  deducible, aunque no lo es. Corresponde a una suma por encima de la que  la compañía comienza a indemnizar. Por ejemplo en Argentina, los seguros  de responsabilidad civil para transporte público de pasajeros tienen  una franquicia de $40.000, es decir que la empresa de colectivos pagará  por los siniestros hasta esa suma y la compañía pagará todo lo que la  exceda hasta la suma asegurada ($10.000.000 para el ejemplo propuesto).</p>
<hr />
<p><strong>Ganado en pie: </strong>cobertura de seguros destinada a proteger hacienda, por muerte, robo y responsabilidad civil durante su transporte.</p>
<p><strong>Garantía (o seguro de caución): </strong>es aquel contrato de seguro  mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por  los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla  las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga con éste.</p>
<p><strong>Galicia Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. Maipú 241, Piso 1º (1084) CABA Tel  4114-8000.</p>
<p><strong>Garantía Mutual de Seguros:</strong> Compañía de seguros de transporte público de pasajeros. Tucumán 359, Piso 7º (1049) CABA Tel 5353-0020.</p>
<p><strong>Garantía extendida: </strong>es un seguro que protege bienes durables  prologando la garantía del fabricante y cubriendo las fallas de  producción del equipo por el periodo establecido en la póliza.</p>
<p><strong>Guardián </strong>es un término usado para describir al médico de  atención primaria que actúa como el médico personal o familiar del  asegurado y el que autoriza los otros servicios que deben ser prestados  por otros médicos o especialistas que pertenecen a la red de una  organización de manutención de salud.</p>
<p><strong>Gastos de explotación (GDE):</strong> forma parte de la estructura de costos, como componente de la prima; se refiere a los gastos administrativos de la aseguradora.</p>
<p><strong>Gastos de adquisición (GDA): </strong>forma parte de la estructura de  costos, como componente de la prima, se refiere a los gastos de  comercialización de la aseguradora.</p>
<p><strong>Gastos extraordinarios: </strong>es una cobertura de seguros de hogar y  comercios que funciona a consecuencia de un siniestro indemnizable,  cubriendo erogaciones en las que el asegurado deba incurrir y que no  estén especificadas en otras coberturas de la póliza.</p>
<p><strong>Generali Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. Reconquista 458, Piso 3° (1003) CABA Tel 4857-7942.</p>
<p><strong>Granizo: </strong>cobertura de seguros destinada a cubrir los daños  producidos por la caída de piedra graniza. Existen coberturas de granizo  para: autos, edificios, campos y cereales en silo bolsa.</p>
<hr />
<p><strong>Hogar (seguro de):</strong> se trata de una póliza integral ya que  integra varias coberturas destinadas a proteger la vivienda familiar.  Las principales coberturas son: incendio edificio, incendio contenido,  robo contenido, todo riesgo para equipos electrónicos, rotura de  cristales, responsabilidad civil privada, asistencia al hogar, entre  otras.</p>
<p><strong>Hamburgo Seguros: </strong>Compañía de seguros generales. Independencia 56, Santiago del Estero, Tel (0385) 422-0100.</p>
<p><strong>Hanseatica: </strong>Compañía de seguros de transporte. Avenida Leandro N Alem 690, Piso 15º (1001) Caba Tel 5353-2600.</p>
<p><strong>Horizonte: </strong>Compañía de seguros generales, vida y ART. San Martin 442 (8500) Viedma Tel (02920)43-0555.</p>
<p><strong>HSBC La Buenos  Aires (y HSBC NYL): </strong>Compañía de seguros generales y vida. Florida 229 10º  Tel 4348-5600.</p>
<p><strong>Hurto:</strong> apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble, ajena en  todo o en parte, realizado sin fuerza en las cosas, ni violencia o  intimidación en las personas.</p>
<hr />
<p><strong>Integral:</strong> el término integral, se refiere a una póliza que  contiene muchas coberturas en un mismo contrato. Existen integrales de  comercio, consorcio, hogar, bancario entre otros. Dentro de un integral  se suelen incluir coberturas de incendio, robo, seguro técnico,  responsabilidad civil, entre las más frecuentes.</p>
<p><strong>Incendio:</strong> combustión espontanea que produce llama de fuego.</p>
<p><strong>Industria de servicios financieros</strong> está compuesta por  instituciones financieras que ayudan a los consumidores y a las  organizaciones comerciales a ahorrar, solicitar préstamos, invertir y  administrar sumas de dinero.</p>
<p><strong>Instituto Asegurador Mercantil: </strong>Compañía de seguros generales. Av. Belgrano 774/76 (1092) CABA Tel. 4334-1111.</p>
<p><strong>Interés</strong> dinero que debe ser pagado por el uso de un dinero obtenido.</p>
<p><strong>Interés asegurable</strong> sucede cuando el dueño de la póliza debe  tener probabilidades de sufrir una pérdida o perjuicio genuino en caso  de ocurrir el suceso contra el cual está asegurado.</p>
<p><strong>Interés:</strong> creado un derecho que ha entrado en vigor y que no  puede ser alterado ni modificado sin el consentimiento de la persona a  la cual le asiste el derecho.</p>
<p><strong>Interacción: </strong>Compañía de seguros de ART. Sarmiento 2038 (1044) CABA. Tel  5354-6800.</p>
<p><strong>Invalidez parcial</strong> la invalidez que impide al asegurado llevar a  cabo alguna de las tareas de su ocupación habitual o dedicarse a esa  ocupación a tiempo completo. El monto correspondiente al beneficio de  ingresos por invalidez que se paga cuando un asegurado está afectado por  invalidez parcial se describe en la póliza.</p>
<p><strong>Invalidez presunta</strong> una condición declarada que, si está  presente, se traduce automáticamente en que el asegurado sea considerado  totalmente inválido; por lo tanto, el asegurado recibirá el monto  completo del beneficio de ingresos proporcionado bajo la póliza, aún si  reanuda un empleo de tiempo completo en una ocupación anterior. Ejemplos  de invalidez presunta son ceguera total y permanente, pérdida del uso  de dos extremidades.</p>
<p><strong>Invalidez total</strong> la definición de invalidez total que se  incluye en la mayoría de las pólizas de ingreso por invalidez que se  emiten en la actualidad, estipula que se considera que un asegurado  sufre invalidez total si al inicio de la invalidez ésta le impide  realizar las labores esenciales de su ocupación habitual. Al final de un  período determinado después del inicio de la invalidez, generalmente  dos o cinco años, se considera que un asegurado sufre invalidez total  sólo si esta condición le impide trabajar en cualquier ocupación para la  cual se encuentra preparado en forma razonable, en términos de  educación, capacitación o experiencia.</p>
<p><strong>Indemnización: </strong>Contraprestación a cargo del Asegurador en caso de producirse el siniestro.</p>
<p><strong>Interés asegurable: </strong>Interés económico, legal y substancial de  quien desee contratar una póliza a los fines de cubrir un riesgo . Es el  objeto del contrato.</p>
<p><strong>Interés técnico:</strong> Porcentaje mínimo de rentabilidad que un Asegurador garantiza en las bases técnicas de cada modalidad del Seguro de Vida.</p>
<hr />
<p><strong>Jugadores de golf:</strong> existe una cobertura destinada a cubrir los riesgos de esta actividad. Entre las coberturas más destacadas encontramos:</p>
<ul>
<li>Daño o pérdida de palos</li>
<li>Equipo de golf (cubriendo robo, incendio y daño del equipo)</li>
<li>Hoyo en uno: En el caso que el Asegurado , durante el desarrollo del  juego en una competencia reconocida por la Asociación Argentina de Golf  , realizado al primer Golpe ( hoyo en uno) , estarán cubiertos los  gastos habituales para esta ocasión, hasta el límite indicado.</li>
<li>Responsabilidad civil: Se cubre la Responsabilidad Civil del  Asegurado respecto a accidentes causados por él mientras estuviere  jugando al golf en cualquier cancha de golf reconocida por la Asociación  Argentina de Golf, situada en la  República Argentina y resulte en  lesiones corporales y/o muerte de terceras personas o daños materiales a  cosas de terceros.</li>
</ul>
<hr />
<p><strong>Liquidador</strong> Persona especializada en la evaluación y cálculo de  los costos de los Daños y Averías ocurridos durante Siniestros, cuya  función primordial es el asesoramiento a las entidades Aseguradoras, o  mediante su participación en juicios y otro tipo de conflictos  judiciales.</p>
<p><strong>La  Dulce Seguros</strong><strong>: </strong>Compañía de seguros. 24 esq. 29 (7637) LA  DULCE (N.OLIVERA) Tel (02264)43-2101</p>
<p><strong>La equitativa del Plata: </strong>Compañía de seguros generales. Carlos Pellegrini 1069 (1009) CABA Tel 4328-1041/49 4328-2626</p>
<p><strong>La Holando Sudamericana</strong><strong>:</strong> Compañía de seguros generales, vida y ART. Sarmiento 309, Piso 5º (1041) CABA Tel 4321-7600</p>
<p><strong>La  Meridional</strong><strong>:</strong> Compañía de seguros generales. Tte. Gral. J. D. Perón 646, Piso 4º (1038) CABA Tel 4909-7000</p>
<p><strong>La Nueva</strong><strong>:</strong> Compañía de seguros generales. Mitre 4046 CABA 4982-5061/5251/5331</p>
<p><strong>La  Perseverancia</strong><strong>:</strong> Compañía de seguros generales. Colón esquina E.Betolaza (7500) Tres Arroyos Tel (02983) 43-0780</p>
<p><strong>La  Segunda</strong><strong>:</strong> Compañía de seguros generales, vida y ART. Brig. Gral. J. M. de Rosas 957 (2000) Rosario, Tel (0341)420-1000</p>
<p><strong>Liberty:</strong> Compañía de seguros generales, vida y ART. Balcarce 358, CABA Tel 4346-0400</p>
<p><strong>Liderar:</strong> Compañía de seguros generales, vida y ART. Reconquista 585, 2º Piso (1003) CABA Tel  5258-6100</p>
<hr />
<p><strong>Mala praxis (o Responsabilidad civil profesional):</strong> es una  cobertura que protege el patrimonio del profesional frente a la  necesidad de responder a un reclamo o demanda efectuada por un pacientes  o cliente en razón de la responsabilidad civil derivada del ejercicio  legal de la profesión.  Existe responsabilidad civil profesional o mala  praxis para las siguientes profesiones:</p>
<ul>
<li>Médicos (todas las especialidades) y profesionales de la salud</li>
<li>Arquitectos</li>
<li>Ingenieros</li>
<li>Abogados</li>
<li>Administradores de consorcio</li>
<li>Contadores</li>
<li>Escribanos</li>
<li>Administradores de empresas</li>
<li>Administradores para un negocio determinado</li>
<li>Directores de empresas (D&amp;O)</li>
</ul>
<p>Existen dos modalidades de pólizas de mala praxis: en base a ocurrencia o clames made.</p>
<p><strong>Marine:</strong> usualmente se denomina “Marine” a los seguros de transporte marítimo. Ver Transporte.</p>
<p><strong>Mapfre: </strong>Compañía de seguros generales, vida y ART. Av. Juana Manso 205 (1107) CABA Tel  4320-6700</p>
<p><strong>Metlife:</strong> Compañía de seguros de vida. Tte. Gral. J.D. Perón 646, Piso 6º (1038) CABA Tel 4348-7800</p>
<p><strong>Metropol:</strong> Compañía de seguros de transporte público de pasajeros. Avenida Rivadavia Nº 16.976 ( 1706) Haedo, Tel 4443-3830/3827</p>
<hr />
<p><strong>Nulidad: </strong>La nulidad es, en Derecho, una situación genérica de  invalidez del acto jurídico, que provoca que una norma, acto jurídico,  acto administrativo o acto judicial deje de desplegar sus efectos  jurídicos, retrotrayéndose al momento de su celebración. Para que una  norma o acto sean nulos se requiere de una declaración de nulidad,  expresa o tácita y que el vicio que lo afecta sea coexistente a la  celebración del mismo.</p>
<p><strong>Nacion Seguros: </strong>Compañía de seguros generales. San Martín 913, Piso 5º (1004) CABA Tel 4319-9900</p>
<p><strong>Noble Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. Sarmiento 539, Piso 8° (1041) CABA Tel 5239-2030</p>
<hr />
<p><strong>Obra de arte (seguros de):</strong> cobertura destinada a cuadros y/o  pinturas y/u obras de arte y/o muebles antiguos y/o joyas y/o monedas  y/o metales preciosos ó semipreciosos de todo tipo, propios, y/o  arrendados y/o comprados. Por lo general se otorga cobertura de Todo  Riesgo (Incendio, Robo y Daños). Puede darse en dos modalidades: 1) en  lugar fijo, que generalmente son anuales y son para obras de arte que se  encuentran en lugar fijo. Ejemplo: despacho de algún funcionario o una  casa. 2) Las que por lo general se las conoce como &#8220;de clavo a clavo&#8221;.  Son por períodos cortos y cubren tránsito (siempre que las realice el  mismo asegurado, porque si las realiza un transportista hay que  complementarla con un seguro de transporte). Ejemplo: Obras de un  determinado autor o museo que se trasladan para una exposición por un  período de tiempo determinado</p>
<p><strong>Orbis:</strong> Compañía de seguros generales. Av. Boedo 119 (1206) CABA Tel 5861-8150</p>
<hr />
<p><strong>Parana:</strong> Compañía de seguros generales. Maipu 215 CABA Tel 4320-0000 4326-0300</p>
<p><strong>Pensión</strong>: ingresos mensuales vitalicios pagados a una persona que se ha jubilado o retirado.</p>
<p><strong>Período de impugnación</strong>: tiempo limitado durante el cual el  asegurador está facultado para impugnar u objetar la validez de una  póliza a causa de una representación falsa en la solicitud.</p>
<p><strong>Período de vigencia del beneficio</strong>: aquél durante el cual se  pagará el beneficio de los ingresos. Las coberturas de ingresos por  invalidez se clasifican como de corto o largo plazo, dependiendo de la  longitud del período de vigencia del beneficio. Frecuente en seguros de  vida.</p>
<p><strong>Plazo de la póliza</strong>: un período de tiempo especificado en el  cual la cobertura de todos los productos del seguro temporal, son  ofrecidos. Frecuente en seguros de vida.</p>
<p><strong>Plazo garantizado</strong>: el plazo establecido, durante el cual el asegurador efectuará pagos de beneficios. Frecuente en seguros de vida.</p>
<p><strong>Plenaria:</strong> Compañía de seguros de vida. Tte. Gral. J. D. Perón 949, Piso 9º (1038) CABA Tel 4393-9850/9688</p>
<p><strong>Póliza</strong>: un documento escrito que contiene los términos del contrato entre la compañía de seguros y el contratante de la póliza.</p>
<p><strong>Póliza cancelable</strong>: otorga al asegurador el derecho a poner término a la póliza en cualquier momento.</p>
<p><strong>Póliza clasificada</strong>: es una póliza emitida a una persona  clasificada como representando una probabilidad de pérdida a un nivel  superior al promedio. La póliza puede ser emitida (a) con exclusiones  especiales, (b) con una tasa de prima más alta que la tasa para pólizas  normales o (c) con exclusiones y una tasa más alta que las pólizas  normales. Frecuente en seguros de vida.</p>
<p><strong>Póliza con participación</strong>: el propietario de la póliza participa en el excedente divisible de la compañía de seguros. Frecuente en seguros de transporte.</p>
<p><strong>Póliza de renovación garantizada</strong>: el asegurador está obligado a  renovar una póliza mientras se cumpla con el pago de las primas por lo  menos hasta que el asegurado alcance la edad límite estipulada en la  póliza. La mayoría de las pólizas individuales de renovación garantizada  son renovables hasta que el asegurado cumpla 60 ó 65 años; algunas son  renovables hasta los 70 años de edad o durante toda la vida del  asegurado. Frecuente en seguros de vida.</p>
<p><strong>Póliza de renovación automática:</strong> la aseguradora siempre  renovará el contrato de seguros por un periodo igual al transcurrido, a  menos que el asegurado indique lo contrario.  Frecuente en seguros de  autos, hogar y vida.</p>
<p><strong>Póliza de renovación opcional:</strong> el asegurador tiene derecho a  rehusarse a renovar una póliza en ciertas fechas especificadas en la  misma, generalmente la fecha de aniversario de la póliza o cualquier  fecha de vencimiento de una prima. Frecuente en pólizas de integrales de  comercio, todo riesgo operativo, robo y otros riesgos corporativos.</p>
<p><strong>Póliza de renta familiar</strong>: cuando las compañías de seguro  incluyen también la cobertura de renta familiar como aspecto principal  de una póliza de seguro de vida entera.</p>
<p><strong>Póliza de seguro de vida</strong>: una póliza según la cual la compañía de seguros se compromete a pagar un beneficio cuando muere la persona asegurada.</p>
<p><strong>Póliza de seguro de vida temporal</strong>: decreciente aquella que  disminuye a lo largo del plazo de la cobertura. El beneficio por muerte  de la póliza comienza como un monto fijo nominal y luego disminuye a lo  largo del plazo de cobertura de acuerdo con algún método estipulado en  la póliza.</p>
<p><strong>Póliza de seguro de vida temporal uniforme</strong>: aquella que otorga un beneficio por muerte que permanece constante durante el plazo de la póliza.</p>
<p><strong>Póliza de seguro individual</strong>: una póliza emitida para asegurar la vida o salud de una persona designada.</p>
<p><strong>Póliza de seguro temporal convertible</strong>: la póliza otorga a su dueño el derecho a convertir la póliza temporal en un plan de seguro ordinario.</p>
<p><strong>Póliza de seguro temporal renovable</strong>: la póliza otorga a su dueño la opción de renovarla al final del período de la póliza.</p>
<p><strong>Póliza de vida entera</strong>: de pago limitado una póliza de vida  entera en la cual las primas son pagaderas sólo hasta el vencimiento de  un plazo determinado o hasta la muerte del asegurado</p>
<p><strong>Póliza de vida entera de prima continua</strong>: una póliza de seguro cuyas primas se pagan hasta que ocurra la muerte del asegurado</p>
<p><strong>Póliza de vida entera de prima modificada</strong>: la prima anual de  la póliza cambia después de un período inicial especificado, esta prima  anual inicial es más baja y luego aumenta a un monto establecido  levemente más alto que la prima habitual. Este aumento de la prima anual  debe ser pagado por el resto del período de la póliza.</p>
<p><strong>Póliza de vida entera de prima única</strong>: un tipo de póliza de pago limitado que requiere de un solo pago de prima.</p>
<p><strong>Póliza familiar</strong> corresponde a una póliza de seguro de vida  entera que incluye cobertura de seguro de vida temporal sobre el cónyuge  y los hijos del asegurado.</p>
<p><strong>Póliza no cancelable</strong> tiene una renovación garantizada hasta que el asegurado alcance la edad límite estipulada en la póliza.</p>
<p><strong>Póliza saldada</strong> una póliza que no requiere de ningún pago de prima adicional.</p>
<p><strong>Pólizas de prima</strong> escalonada exigen tres o más niveles de pagos de prima anuales, aumentando en determinados momentos.</p>
<p><strong>Préstamo contra la póliza</strong> un préstamo que el contratante de la póliza puede recibir y el cual es garantizado por el valor en efectivo de la póliza.</p>
<p><strong>Prevencion:</strong> Compañía de seguros de ART. Av. Independencia 301 Sunchales, Santa Fe. Tel (03493) 42-8600</p>
<p><strong>Previnca:</strong> Compañía de seguros de vida. Entre Ríos 537 Rosario, Tel (0341) 426-2201/3800</p>
<p><strong>Prima</strong> un monto específico de dinero que recibe una compañía de  seguros a cambio de su promesa de ofrecer el beneficio de la póliza  cuando una pérdida específica ocurre.</p>
<p><strong>Prima inicial</strong> el primer pago efectuado por el contratante de  la póliza en calidad de consideración por un contrato de seguro de vida o  de salud.</p>
<p><strong>Primas de renovación</strong> corresponden a primas pagaderas después de la prima inicial, constituyen una condición para la continuidad de la póliza.</p>
<p><strong>Primas uniformes</strong> el monto de cada prima pagada por el contratante de la póliza permanece igual durante todo el período de pago de las primas.</p>
<p><strong>Primer riesgo absoluto: </strong>Si contratamos un seguro con esta  modalidad, la indemnización del siniestro será hasta el valor del  siniestro sufrido y como tope máximo la suma asegurada. Ejemplo, si  aseguré mi casa por robo contenido $10.000 y sufro un siniestro, la  aseguradora pagará hasta esa suma en concepto de indemnización.</p>
<p><strong>Privilegio de conversión </strong>permite al dueño de la póliza cambiar  o convertir la póliza de seguro temporal a un plan de seguro ordinario  sin proporcionar evidencia de que el asegurado sea un riesgo asegurable.</p>
<p><strong>Producto o beneficios</strong> el monto de dinero que una compañía de  seguros está obligada a pagar para la liquidación de una póliza de  seguro de vida, seguro dotal, o renta vitalicia.</p>
<p><strong>Productor asesor de seguros:</strong> Persona, habilitada por la  Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), que realiza la  intermediación entre quien quiere contratar el seguro y la entidad  Aseguradora. Es el que ejerce la actividad de intermediación promoviendo  la concertación de contratos de seguros, asesorando a las personas o  empresas Asegurables.</p>
<p><strong>Profru (Productores de fruta):</strong> Compañía de seguros generales. Anchorena 670 (1170) CABA Tel  4862-8296</p>
<p><strong>Propietario</strong> la persona o empresa propietaria de la póliza, conocido también como contratante.</p>
<p><strong>Propuesta (o solicitud): </strong>Instrumento donde se especifica la  naturaleza del riesgo al Asegurador, sus características, el importe que  se desea asegurar, etc. A través de este, el Asegurador aceptará o  rechazará el riesgo tras el estudio de dicha propuesta.</p>
<p><strong>Prorrata: </strong>Si contratamos un seguro con esta modalidad, la  indemnización del siniestro parcial, será como consecuencia de la  relación entre el valor asegurado y el valor real del bien al momento  del siniestro. Si el siniestro fue total, la aseguradora indemnizara  hasta el valor de la suma asegurada y &#8220;no&#8221; hasta el valor de mercado.  Por ejemplo, tomo un seguro de incendio por $100.000 y al momento del  siniestro el valor del inmueble es de $200.000, la proporción entre  estos valores es de 50% (valor real dividido por suma asegurada), por lo  que la aseguradora tomará esa proporción aplicándola sobre la suma  asegurada. Me indemniza por $50.000 (50% por $100.000) Art 65 ley  17.418.</p>
<p><strong>Protección Mutual: </strong>Compañía de seguros de transporte público de pasajeros. San Luis 3130 (1186) CABA Tel 4129-7300</p>
<p><strong>Provincia Seguros: </strong>Compañía de seguros generales, vida y ART. Carlos Pellegrini 71 (1009) CABA Tel 4346-7300</p>
<p><strong>Prudencia Seguros: </strong>Compañía de seguros generales. Lavalle 579 CABA Tel 11 5235-8816</p>
<p><strong>Prudential: </strong>Compañía de seguros de vida. Av. L. N. Alem 855, Piso 5º (1001) CABA Tel 4891-5000</p>
<hr />
<p><strong>QBE:</strong> Compañía de seguros de ART. Vera 565 (1414) CABA Tel 5281-5900</p>
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<p><strong>Rio Uruguay: </strong>Compañía de seguros generales. Congreso de Tucumán N°21 (3260) Concepción del Uruguay Tel (03442)42-0200</p>
<p><strong>RSA Group (Royal &amp; Sun Alliance):</strong> Compañía de seguros generales. Lima 653 CABA Tel 4339-0000</p>
<p><strong>Reaseguro:</strong> Hecho mediante el cual el Asegurador transfiere  parte del riesgo asumido al contratar un seguro, y por el que recibirá  parte del pago que deberá realizar en caso de que se produzca el evento  cuyo riesgo es objeto de cobertura. El Reaseguro no evita el riesgo,  pero resarce al Asegurador en la medida de lo convenido, parte del pago  que realiza al Asegurado por los daños que el siniestro provoca.</p>
<p><strong>Recargo:</strong> Aumento de la prima que se cobra al Asegurado para poder asumir riesgos mayores que lo normal.</p>
<p><strong>Rehabilitación: </strong>Una vez que el asegurado ha realizado el pago  correspondiente por el período vencido se rehabilita la cobertura, es  decir que adquiere nuevamente la vigencia de la misma, la que surtirá  efecto desde la hora cero (0) del día siguiente a aquel en que la  aseguradora reciba el pago del importe vencido.</p>
<p><strong>Renovación automática:</strong> Acuerdo entre las partes por el cual el seguro se prorroga tácitamente por un nuevo período de vigencia.</p>
<p><strong>Renta financiera:</strong> Sucesión de un número determinado de pagos  constantes, ciertos y pagaderos al fin o al inicio de cada período,  calculados teniendo en cuenta una cierta tasa de interés.</p>
<p><strong>Recisión:</strong> Finalización del contrato en una fecha anterior a la prevista; produce efectos a futuro.</p>
<p><strong>Reservas:</strong> Provisión constituida por las entidades Aseguradoras para atender las obligaciones contraídas con sus Asegurados.</p>
<p><strong>Reticencia:</strong> Toda declaración falsa de circunstancias conocidas  por el Asegurado, aun hechas de buena fe, que a juicio de peritos  hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si el  Asegurador se hubiese cerciorado del verdadero estado del riesgo, puede  hacer nulo el contrato, es decir, lo deja sin efecto desde su inicio.</p>
<p><strong>Responsabilidad Civil: </strong>es la obligación o compromiso que  tienen las personas, físicas o morales, de reponer la propiedad de otra  persona, cuando se sea responsable del daño o menoscabo en la propiedad  de otros.</p>
<p><strong>Riesgo:</strong> Probabilidad de ocurrencia de un siniestro. Es la  posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el siniestro  previsto en las condiciones de póliza.</p>
<p><strong>Riesgos no asegurables: </strong>Aquellos que quedan fuera de la cobertura general por parte de las Aseguradoras, por ser contrarios a la Ley.</p>
<p><strong>Reclamante: </strong>la persona que presenta una reclamación. Esta  persona puede ser el contratante de la póliza, el beneficiario o una  persona que actúe en representación del contratante de la póliza o el  beneficiario.</p>
<p><strong>Reclamo:</strong> una solicitud de pago bajo los términos de la póliza.</p>
<p><strong>Retiro (seguro de): </strong>es un tipo de cobertura dentro de los  seguros de vida. La póliza contiene un fondo de ahorro que puede ser  rescatado por el asegurado bajo las condiciones expuestas en la póliza.</p>
<p><strong>Renta vitalicia: </strong>En su forma onerosa típica, el contrato de  renta vitalicia obliga a una de las partes a entregar a la otra un  capital (dinero u otros bienes muebles o inmuebles) a cambio de lo cual  ésta asume el compromiso de pagarle una renta de por vida. Pero nada se  opone a la constitución de una renta vitalicia gratuita, en cuyo caso el  contrato configura una donación (art. 1810, inc. 5Q).</p>
<p><strong>Robo:</strong> es el delito cometido contra la propiedad privada por el que se toma con o sin violencia, lo que no le pertenece.</p>
<hr />
<p><strong>San Cristobal:</strong> Compañía de seguros generales y vida. Italia 646, Rosario, Tel  (0341) 420-2000</p>
<p><strong>Sancor: </strong>Compañía de seguros generales y vida. Av. Independencia 333, Sunchales Santa Fe, (03493) 42-8500/0151</p>
<p><strong>Santander Río:</strong> Compañía de seguros generales y vida. 25 de Mayo 140, Piso 1º (1002) CABA Tel 4345-2400</p>
<p><strong>Segurcoop: </strong>Compañía de seguros generales. Reconquista 379, Piso 5º (1003) CABA Tel  4394-3119</p>
<p><strong>Seguro:</strong> El contrato de seguro es el medio por el cual el  asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima, a resarcir de un  daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad  prevista en el contrato. El contrato de seguro puede tener por objeto  toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición  expresa de la ley. El contratante o tomador del seguro, que puede  coincidir o no con el asegurado, por su parte, se obliga a efectuar el  pago de esa prima, a cambio de la cobertura otorgada por el asegurador,  la cual le evita afrontar un perjuicio económico mayor, en caso de que  el siniestro se produzca.El contrato de seguro es consensual; los  derechos y obligaciones recíprocos de asegurador y tomador, empiezan  desde que se ha celebrado la convención, aún antes de emitirse la  «póliza» o documento que refleja datos y condiciones del contrato de  seguro. Al realizar un contrato de seguro, se intenta obtener una  protección económica de bienes o personas que pudieran en un futuro  sufrir daños.</p>
<p><strong>Segurometal: </strong>Compañía de seguros generales. Alvear 930, Rosario, Tel (0341) 424-6036/6056/6171</p>
<p><strong>Siniestro:</strong> la ocurrencia del suceso amparado en la póliza de  seguros, comenzando las obligaciones a cargo del asegurador. Las mismas  en la mayor parte de los casos es el pago de una cantidad de dinero,  pudiendo tratarse también de una prestación de servicios, asistencia  médica, jurídica, reparación de un daño, etc. El siniestro se puede  definir también como la avería, destrucción fortuita o pérdida  importante que sufren las personas o la propiedad, y cuya  materialización se traduce en indemnización.</p>
<p><strong>Seguro por cuenta ajena:</strong> aquellos seguros en los que el  Asegurado no es el tomador del seguro, sino un tercero determinado o  indeterminado que adquiere los derechos derivados del contrato.</p>
<p><strong>SMG Seguros: </strong>Compañía de seguros generales, vida y ART. Av. del Libertador 1068, Piso 7° (1112) CABA Tel 5239-6300</p>
<p><strong>Sobreprima: </strong>recargo a la prima cuando se trata de riesgos agravados.</p>
<p><strong>Subrogación:</strong> derechos que correspondan al Asegurado contra un  tercero, en razón del siniestro, se transfieren al Asegurador hasta el  monto de la indemnización que abone. El Asegurado es el responsable de  todo acto que perjudique este derecho del Asegurador.</p>
<p><strong>Solicitante:</strong> la persona o empresa que solicita una póliza de seguro.</p>
<hr />
<p><strong>Tablas de morbilidad:</strong> Tablas estadísticas que reflejan la incidencia de las enfermedades en un determinado grupo de personas.</p>
<p><strong>Tablas de mortalidad:</strong> Tablas estadísticas que reflejan la probabilidad de fallecimiento de las personas en función de sus edades.</p>
<p><strong>Tomador:</strong> Persona que contrata el seguro con el Asegurador.  Generalmente en los seguros individuales el tomador contrata el seguro  por cuenta propia, uniéndose así en una persona dos figuras (Tomador o  Contratante y Asegurado). Por el contrario el seguro es por cuenta ajena  cuando el tomador es distinto del Asegurado; esta situación es típica  en los seguros colectivos.</p>
<p><strong>Transporte:</strong> el seguro de transporte combina coberturas  destinadas a proteger la mercadería durante el viaje carga y descarga.  Los riesgos más comunes son: robo, choque, incendio, vuelco,  desbarrancamiento, incendio, perdida de frío, inundación, entre otras.</p>
<p><strong>TPC Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. Av. Belgrano 634, Piso 9° (1092) CABA Tel 4876-5300.</p>
<p><strong>Triunfo Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. San Martín 1902 Mendoza, Tel (0261) 441-0422.</p>
<p><strong>Terceros Completo:</strong> es la cobertura más clásica en seguros de  auto, ampara al auto asegurado por responsabilidad civil,  robo y hurto  total y parcial, incendio en forma total y parcial y se incluye el daño  total.</p>
<p><strong>Todo Riesgo:</strong> Es la combinación de coberturas más completa en  seguros para autos; ampara al auto por responsabilidad civil,  robo y  hurto total y parcial, incendio total y parcial, daño total y también  daño parcial. Existen muchas variantes de pólizas Todo Riesgo, su  diferencia radica en el alcance de la cobertura de daño parcial que se  cubre con deducibles. La máxima protección se da con la póliza Todo  Riesgo sin deducible o franquicia, en la que la compañía cubrirá  cualquier daño que sufra el vehículo sin participación del asegurado.</p>
<p><strong>Terceros Totales:</strong> esta cobertura para autos, ampara al vehículo por responsabilidad civil,  robo y hurto total e incendio en forma total.</p>
<hr />
<p><strong>Ubicación del riesgo: </strong>lugar físico donde se encuentra el riesgo asegurado.</p>
<hr />
<p><strong>Valores garantizados: </strong>aplicable a los Seguros de Vida  Individual. Transcurridos 3 años desde la celebración del contrato y  hallándose el Asegurado al día en el pago de las primas, podrá en  cualquier momento exigir, de acuerdo con los planes técnicamente  aprobados por la autoridad de contralor:</p>
<ul>
<li>Seguro saldado: convertir el seguro en otro saldado por una suma reducida o de plazo menor.</li>
<li>Rescate: monto que percibe el Asegurador en caso de rescindir la  póliza, y que corresponde al importe de la reserva matemática  constituida sobre el riesgo, con las deducciones que correspondan.</li>
</ul>
<p><strong>Vencimiento de la póliza:</strong> fecha pactada en el contrato para la finalización del mismo.</p>
<p><strong>Vigencia:</strong> plazo durante el cual el contrato está en vigor y el Asegurado se encuentra cubierto.</p>
<p><strong>Victoria Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. Florida 556 PB (1005) CABA Tel 4322-1100.</p>
<p><strong>Valor de reposición: </strong>en seguros de auto, es el valor de mercado del mismo.</p>
<hr />
<p><strong>XL Insurance:</strong> Compañía de seguros generales. Reconquista 559, Piso 8º (1003) CABA Tel 4312-8600.</p>
<hr />
<p><strong>Zurich Seguros:</strong> Compañía de seguros generales. Cerrito 1010 CABA Tel 48191000</p>
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		<title>Asistencia al viajero, un seguro imprescindible</title>
		<link>http://www.segurototal.com.ar/articulos/asistencia-al-viajero-un-seguro-imprescindible/</link>
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		<pubDate>Sat, 12 Mar 2011 20:56:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[asistencia]]></category>
		<category><![CDATA[medica]]></category>
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		<category><![CDATA[viaje]]></category>
		<category><![CDATA[viajero]]></category>

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		<description><![CDATA[Un seguro de viajero es una cobertura extremandamente necesaria al momento de salir de vacaciones o negocios. Existen muchos riesgos que pueden suceder: enfermedades, accidentes o problemas con el vuelo. La mejor forma de cubrirlos es con un seguro de viajero.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Es fácil decir “no contrato ninguna asistencia médica porque jamás me  enfermo”. Sin embargo, los turistas experimentados saben que una  consulta médica en EE.UU.puede rondar los US$ 400, y en Europa, entre  400 y 600 euros. <span> <span>El viaje es caro y vale la pena gastar unos cuantos pesos más para proteger la inversión.</span></span></p>
<p><span><span>Un plan de seguro de viajero cubre una amplia gama de riesgos a los que nos exponemos al viajar, tales como: consultas médicas, gastos farmacéuticos, accidentes, </span></span><span><span>problemas odontológicos, incluso hasta la</span></span><span><span> muerte y la repatriación sanitaria. Otras coberturas incluidas suelen ser: huelgas y demoras en el vuelo, extravío de equipajes, asistencia legal y fianza (en caso de quedar preso); cancelación de viaje, regreso anticipado y traslado de un familiar, por urgencias.</span></span></p>
<p><span><span><strong><a href="http://www.segurototal.com.ar/seguros/personas/seguro-de-viaje/"><img class="alignright size-full wp-image-456" style="float: right;" title="asistencia-al-viajero" src="http://www.segurototal.com.ar/wp-content/uploads/2011/03/cheap-annual-travel-insurance-299x3001.jpg" alt="seguro para viajes" width="299" height="300" /></a>Es importante revisar estos puntos al momento de viajar</strong>:</span></span></p>
<p><span><span>1. </span></span><span><span>Investigación de seguro que tenes: a veces las tarjetas de crédito o medicinas pre-pagas incluyen este seguro entre sus servicios, revisá la disponibilidad y si cubre al país o localidad donde vayas.</span></span><br />
 <span><span>2. Si sos un viajero frecuente, siempre te conviene contratar coberturas anuales, que tienen mucho mejor precio y podes usarlas en cualquier momento sin avisar de tu partida.</span></span><br />
 <span><span>3. Averiguá los centros médicos del lugar donde vas. Si bien junto a tu seguro de viajero recibirás un listado con números de teléfono para llamar en caso de asistencia, corroborá los centros de atención en la localidad donde irás por si no podés utilizar el teléfono.</span></span><br />
 <span><span>4. Avisá a la aseguradora sobre las enfermedades, incapacidades o pre-existencias que tengan los viajeros. Esto permite una mejor atención e incluso sirve para que revises los alcances de coberturas que te ofrezcan.</span></span><br />
 <span><span>5. El costo del seguro varía en función de la edad de los viajeros. Existen productos denominados &#8220;senior&#8221; que cubren necesidades específicas de la tercera edad. Siempre es necesario aclarar las edades de los pasajeros a la aseguradora.</span></span><br />
 <span><span>6. Proporcioná a la aseguradora los números telefónicos, direcciones y nombres de hoteles donde estarás. Ante cualquier inconveniente, la asistencia tiene un punto donde ubicarte.</span></span></p>
<p><span><span><br />
 </span></span></p>
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		<title>Pequeños seguros para grandes gastos</title>
		<link>http://www.segurototal.com.ar/articulos/442/</link>
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		<pubDate>Mon, 07 Mar 2011 22:41:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>

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		<description><![CDATA[Si es uno de esos tantos que se desvive por su perro y paga fortunas para su cuidado o si es de uno de esos escasísimos jugadores de golf que una vez hizo un hoyo en uno y tuvo que pagar una ronda de whisky para todos los socios del club, pues probablemente le interese [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;">Si es uno de esos tantos que se desvive por su perro y paga fortunas  para su cuidado o si es de uno de esos escasísimos jugadores de golf que  una vez hizo un hoyo en uno y tuvo que pagar una ronda de whisky para  todos los socios del club, pues probablemente le interese saber que  existen en el mercado local muchos seguros que, por sólo unos pesos, le  permitirían cubrir estos gastos eventuales y más.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;">A medida que el negocio de los seguros se sofistica en las compañías  se desarrollan cada vez más productos destinados a satisfacer  necesidades que hacen a la pequeña economía de los individuos. Hoy  pueden encontrarse en el mercado  argentino varios seguros que podrían  ser de su utilidad:</span></p>
<p><span style="font-size: small;"><img class="alignright size-medium wp-image-443" style="border: 2px solid white; float: right;" title="robo de electronicos" src="http://www.segurototal.com.ar/wp-content/uploads/2011/03/robo-de-portatil1-300x199.jpg" alt="seguros de portatiles" width="300" height="199" /></span></p>
<p><span style="font-size: small;"><strong> <a href="http://www.segurototal.com.ar/seguros/otros-seguros/seguro-de-celu…tos-personales/">Coberturas de bolsos, carteras y billeteras.</a> </strong> Este es un producto cada vez más común en los bancos. Ana Arcidiácone,  jefa de seguros del Citi, señala que la entidad norteamericana ya otorga  gratuitamente a todos los clientes de sus tarjetas de crédito el seguro  de billetera, que cubre la reposición de los plásticos, documentos y  llaves. Juan Manuel Trejo, gerente de marketing del Banco Patagonia,  anticipa que pronto su entidad empezará a comercializar una cobertura  similar entre sus clientes.</span></p>
<ul style="text-align: justify;">
</ul>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;">&#8220;Es una cobertura inteligente que todos deberíamos tener&#8221;, aconseja Franco Di Lucca, director de marketing de AON, un <em> broker </em> de seguros. &#8220;Cubre fundamentalmente los reembolsos de gastos para  reemplazar documentos personales, tarjetas de crédito o débito y llaves.  Adicionalmente, en lo que respecta a contenidos del bolso, deberían  estar incluidos la billetera, el maquillaje o lentes de sol; los equipos  electrónicos están considerados por daño accidental o robo&#8221;, detalla.  El costo de este seguro es variable, ya que depende de las sumas  aseguradas, pero pueden encontrarse pólizas a partir de los $ 15 por  mes.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;"> </span></p>
<p><span style="font-size: small;"><strong> <a href="http://www.segurototal.com.ar/seguros/otros-seguros/seguro-de-celu…tos-personales/">Equipos electrónicos</a>. </strong> Para quienes siempre  tienen lo último en tecnología existen seguros específicos para cubrir  el robo o daño de equipos. &#8220;Fuimos innovadores ofreciendo este producto,  que desde $ 19,80 por mes ampara del robo o daño accidental de equipos  electrónicos portátiles&#8221;, detalla Arcidiácone, del Citi. &#8220;También el  seguro otorga beneficios gratuitos, como la reposición de llaves,  documentos y robo de identidad&#8221;.</span></p>
<ul style="text-align: justify;">
</ul>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;"> </span></p>
<p><span style="font-size: small;"><strong> Coberturas para golfistas. </strong> Pagando desde $  21,17 al mes (o 212,33 anuales), el BBVA Francés ofrece a sus clientes  un seguro ante la pérdida o daño del equipo de golf en caso de  accidente, incendio o robo; la rotura de palos producida durante el  desarrollo normal del juego; los daños materiales causados por el  asegurado durante el juego a terceras personas, y hasta el hoyo en uno.</span></p>
<ul style="text-align: justify;">
</ul>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;">En AON tienen un producto similar que puede ser incluido a pedido del  cliente en su póliza de combinado familiar. &#8220;El costo es marginal en el  combinado familiar, y puede contemplar, por ejemplo, una cobertura todo  riesgo para palos: no importa dónde se los roben, se le cubren&#8221;,  explica Di Lucca.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;"> </span></p>
<p><span style="font-size: small;"><strong> Fracturas de huesos. </strong> En caso de un  accidente, un grupo familiar puede asegurarse la rotura de huesos por  hasta $ 100.000, pagando 12,65 al mes, explican desde el BBVA Francés.  Para que la póliza sea válida, no obstante, el accidente debe darse  durante la vigencia del seguro, y las consecuencias del accidente han de  manifestarse a más tardar dentro de un año de ocurrido el hecho.</span></p>
<ul style="text-align: justify;">
</ul>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;"> </span></p>
<p><span style="font-size: small;"><strong> Seguros para mascotas. </strong> Pablo Curatella,  gerente de riesgos diversos de Mapfre, explica que los dueños de una  mascota canina pueden, con $ 11 al mes, cubrirse de los gastos en  atención veterinaria que podrían tener en caso de que su mascota sufra  un accidente. También se puede recibir una indemnización equivalente al  costo de un cachorro de la misma raza en caso de robo y, por un  adicional, tener hasta una póliza de responsabilidad civil por los daños  que podría hacer su mascota a un tercero.</span></p>
<ul style="text-align: justify;">
</ul>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: small;"> </span></p>
<p><span style="font-size: small;"><strong> <a href="http://www.segurototal.com.ar/seguros/empresas-y-profesionales/accidente-personales/">Accidentes del personal doméstico.</a> </strong> Es una  cobertura en caso de accidente de aquellas personas que desempeñan  alguna actividad dentro del domicilio. Con una suma asegurada de $  70.000, detallan desde el BBVA Banco Francés, pueden cubrirse los  riesgos de muerte, invalidez total, parcial y permanente, gastos médicos  y renta diaria por hospitalización. En el Francés, el seguro tiene un  costo para clientes de 86,60 o de diez cuotas de 9,39.</span></p>
<p><br class="spacer_" /></p>
<ul style="text-align: justify;">
<li style="text-align: justify;"><em>Florencia Donovan &#8211; Lanacion.com</em></li>
</ul>
]]></content:encoded>
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		<title>Seguro de accidentes de trabajo</title>
		<link>http://www.segurototal.com.ar/articulos/seguro-de-accidentes-de-trabajo/</link>
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		<pubDate>Tue, 18 Jan 2011 19:56:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[accidentes]]></category>
		<category><![CDATA[autonomo]]></category>
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		<description><![CDATA[Un seguro de accidentes personales, es una póliza que cubre  a la persona asegurada ante los daños que pudieren ocurrirle mientras trabaja.

Este seguro sirve a los trabajadores autónomos, contratados, independientes o que no tiene relación de depedencia con ninguna empresa, pero que desarrollan una tarea o actividad eventualmente en algún establecimieto.

Las empresas suelen solicitar como condición para realizar algún trabajo en sus instalaciones que la persona esté asegurada. De esta manera se protegen ellas también ante la ocurrencia de un siniestro.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong>&#8220;Me piden un seguro para entrar a trabajar&#8221;, si esa es tu inquietud lee el artículo que sigue.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Un seguro de accidentes personales, es una póliza que cubre  a la persona asegurada ante los daños que pudieren ocurrirle mientras trabaja.</p>
<p style="text-align: justify;"> </p>
<p style="text-align: justify;"><img class="size-medium wp-image-352 alignleft" style="margin-left: 4px; margin-right: 4px;" title="accidentes personales" src="http://www.segurototal.com.ar/wp-content/uploads/2011/01/construction_worker1-198x300.jpg" alt="accidentes personales" width="198" height="300" /></p>
<p style="text-align: justify;">Este seguro sirve a los trabajadores autónomos, contratados, independientes o que no tiene relación de depedencia con ninguna empresa, pero que desarrollan una tarea o actividad eventualmente en algún establecimieto.</p>
<p style="text-align: justify;">Las empresas suelen solicitar como condición para realizar algún trabajo en sus instalaciones que la persona esté asegurada. De esta manera se protegen ellas también ante la ocurrencia de un siniestro.</p>
<p style="text-align: justify;">El seguro cubre:</p>
<ul style="text-align: justify;">
<li><strong>Muerte accidental</strong>: en caso de pérdida de la vida  del asegurado como consecuencia de un accidente, la compañía abonará a  sus beneficiarios la totalidad del Capital asegurado.</li>
<li><strong>Incapacidad Total Permanente por Accidente: </strong>en caso  que el Asegurado sufra una invalidez en forma total y permanente como  consecuencia de un accidente, se abonará la totalidad del Capital  asegurado.</li>
<li><strong>Incapacidad Parcial Permanente por Accidente</strong>: en  caso de incapacidad o pérdida parcial como consecuencia de un accidente,  la Compañía abonará un porcentaje del Capital asegurado, de acuerdo al  tipo de pérdida sufrida, el cual se encuentra establecido en las  condiciones generales de la póliza.</li>
<li><strong>Asistencia médico – farmacéutica como consecuencia de un accidente: </strong>cubre,  hasta la suma establecida en la póliza, los reembolsos de gastos de  asistencia médico farmacéutica (determinados por el facultativo), en que  haya incurrido el Asegurado como consecuencia de accidente.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;"><strong>Coberturas Adicionales:</strong></p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Renta diaria por internación hospitalaria como consecuencia de un accidente</li>
<li>Reembolso de gastos de sepelio por pérdida accidental de la vida</li>
<li>Beneficio adicional por internación prolongada</li>
<li>Cirugía facial reparadora a consecuencia de un accidente</li>
<li>Indemnización adicional por pérdida de la vida o invalidez total permanente a consecuencia de asalto</li>
<li>Reembolso de gastos de psicoterapia para familiares del asegurado fallecido</li>
<li>Reembolso de gastos de psicoterapia para el asegurado en caso de invalidez total permanente</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;"> </p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Extensión de cobertura</strong></p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Jornada laboral</li>
<li>Jornada laboral e in itinere</li>
<li>Eventos</li>
<li>Viajes</li>
<li style="text-align: justify;">24 horas</li>
<li>Clausula de no repetición</li>
</ul>
<p><br class="spacer_" /></p>
<ul>
</ul>
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		</item>
		<item>
		<title>¿Qué es un seguro de Consorcio?</title>
		<link>http://www.segurototal.com.ar/articulos/%c2%bfque-es-un-seguro-de-consorcio/</link>
		<comments>http://www.segurototal.com.ar/articulos/%c2%bfque-es-un-seguro-de-consorcio/#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 18 Jan 2011 19:29:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[Ayuda]]></category>
		<category><![CDATA[FAQ]]></category>
		<category><![CDATA[consorcio]]></category>
		<category><![CDATA[consorcista]]></category>
		<category><![CDATA[edificio]]></category>
		<category><![CDATA[incendio]]></category>
		<category><![CDATA[responsabilidad civil]]></category>

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		<description><![CDATA[El seguro de consorcio o integral de consorcio es una póliza que cubre los riesgos que afectan a las partes comunes de un predio habitacional, edificios, barrios cerrados o countries pueden protegerse con esta póliza.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong>Un seguro de consorcio, también llamado &#8220;integral de consorcio&#8221;, es una póliza que protege los riesgos que existen en partes comunes en propiedades colectivas como edificios, barrios cerrados y countries. Su contratación es obligatoria y tiende a resguardar el patrimonio de los propietarios ante los siniestros y accidentes que se suciten.<br />
 </strong></p>
<p style="text-align: justify;">Las cobertuas más comunes son:</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="alignright size-medium wp-image-343" style="float: right; margin-left: 3px; margin-right: 3px;" title="edificio" src="http://www.segurototal.com.ar/wp-content/uploads/2010/11/The_Greatest_Spiral_Stairs_in_the_World__51-300x202.jpg" alt="que es un consorcio" width="300" height="202" /><strong>Responsabilidad Civil Comprensiva</strong>:<br />
 Cubre al consorcio por los hechos en los que fuesen responsables que  pudieran afectar a terceros, extra contractual. Algunas compañías ofrecen una cobertura de “texto amplio” es decir que incluye reclamos que el  consorcio o administrador pudieran recibir por incendio, rayo,  explosión, descargas eléctricas o escapes de gas, accidentes en  ascensores y montacargas, calderas, carteles y letreros, uso de armas de  fuego, piletas de natación, ejecución de trabajos de construcción o  refacción y todo otro riesgo que no estuviere expresamente excluido en  la póliza.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Responsabilidad Civil Garage</strong>:<br />
 cubre los daños sufridos a terceros por guarda de vehículos en el establecimiento (a título no oneroso).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Incendio</strong>:<br />
 Daños por incendio del edificio y contenido de las partes comunes  incluyendo, con un sub límite, el contenido de la vivienda del portero o  encargado. Rayo y/o explosión. Hechos de tumulto popular, huelga o  lock-out, vandalismo, malevolencia, impacto causado por vehículos  terrestres, aeronaves, sus partes o carga transportada y humo.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Cristales</strong>:<br />
 Se cubre la rotura de todos los vidrios, ventanas, ventanales,  cristales, espejos y similares dispuestos en forma vertical (es decir no  mesas por ejemplo) que se encuentren dentro de las partes comunes del  edificio.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Robo</strong>:<br />
 Robo de objetos general del Hall de entrada, usualmente también se  aseguran los matafuegos o incluso las obras de arte que se encuentren en  las partes comunes.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Daños por agua al contenido</strong>:<br />
 Cubre los daños producidos por el aguar a los espacios comunes del edificio por rotura de cañerías o desbordamiento de tanque.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Adicionales</strong>:<br />
 Huracán, vendaval, tornado y ciclón: puede agregarse a la cobertura de incendio edificio y contenido.<br />
 Granizo: daños producidos por caída de granizo al edificio y su contenido.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
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		<title>¿Qué cubre un seguro de hogar?</title>
		<link>http://www.segurototal.com.ar/articulos/%c2%bfque-cubre-un-seguro-de-hogar/</link>
		<comments>http://www.segurototal.com.ar/articulos/%c2%bfque-cubre-un-seguro-de-hogar/#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 18 Jan 2011 17:22:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Damian Blanco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[Ayuda]]></category>
		<category><![CDATA[FAQ]]></category>
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		<category><![CDATA[electrodomesticos]]></category>
		<category><![CDATA[incendio]]></category>
		<category><![CDATA[robo]]></category>
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		<category><![CDATA[seguro de casa]]></category>

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		<description><![CDATA[Los seguros de hogar o combinado familiar, como también se los llama, son pólizas integrales que agrupan varias coberturas destinadas a proteger los riesgos más habituales en una vivienda.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los seguros de hogar o combinado familiar, como también se los llama, son pólizas integrales que agrupan varias coberturas destinadas a proteger los riesgos más habituales en una vivienda. A continuación revisamos las principales coberturas:</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Incendio Edificio y/o mobiliario</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><img class="alignright size-medium wp-image-333" style="float: right; margin-left: 3px; margin-right: 3px;" title="casa-paragua" src="http://www.segurototal.com.ar/wp-content/uploads/2011/01/maison-habitation-protection-610x3401-300x167.jpg" alt="coberturas hogar" width="300" height="167" />Los daños que pudieran causar a su vivienda y al mobiliario, el fuego  o el humo por incendio, rayo o explosión. La reparación de los daños  causados por el humo y los que pudiesen producirse a consecuencia de los  trabajos de los bomberos para extinguir el fuego (Ej.: una pared que  debe ser demolida, el tapizado de un sillón arruinado por el agua,  etc.). Los daños causados por el impacto de un auto (o cualquier  vehículo terrestre) contra la vivienda, o hasta el que pudiera causar la  caída de un avión. Los daños materiales que pudiesen ocasionar a la  vivienda una huelga, lock out, tumulto popular, o bien, un hecho  vandálico o de malevolencia siempre que no formen parte de hechos de  guerra (civil o internacional).<br />
 Modalidad de la cobertura de incendio mobiliario: Primer riesgo absoluto.<br />
 Modalidad de la cobertura de incendio edificio: Prórrata.<br />
 Valor de reposición: en caso de siniestro el asegurado recibirá el valor  a nuevo de los bienes hasta el límite de la suma asegurada.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Robo y/o Hurto del mobiliario</strong></p>
<p style="text-align: justify;">La pérdida de los bienes contenidos en la propiedad, como  consecuencia de un robo o hurto, siempre y cuando pertenezcan al  Asegurado, sus familiares, sus huéspedes o su servicio doméstico. El  hurto de los bienes, es decir, la sustracción de los mismos sin  violencia o intimidación en las cosas o las personas. Los actos de  infidelidad cometidos por el personal doméstico.<br />
 Se cubren de forma limitada:<br />
 a) La maquinas fotográficas, relojes pulsera, filmadoras, proyectores,  grabadores, y aparatos electrónicos en general, instrumentos  científicos, de precisión, musicales o de ópticas, joyas, objetos de  arte y pieles.<br />
 b) Los bienes que se encuentren en una edificación apartada de la  vivienda principal y siempre que dicha construcción tenga las mismas  medidas de seguridad que la casa principal.<br />
 c) El robo de dinero en efectivo.</p>
<p style="text-align: justify;">IMPORTANTE: En los objetos electrónicos o electrodomésticos (Ej.:  heladeras, lavarropas, hornos microondas, etc.), se efectuará la  depreciación correspondiente en el valor, de acuerdo al uso o antigüedad  de los mismos en el momento del siniestro.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>TV, Audio, Video y Computadora</strong></p>
<p style="text-align: justify;">La pérdida o daño a estos bienes por un robo, hurto, incendio o  accidente (rotura, golpes, caídas, etc.), dentro del domicilio  asegurado.<br />
 Nota: Cuando los daños sean producidos por un accidente, se aplicará una  franquicia a cargo del Asegurado de U$S 50 por siniestro.</p>
<p style="text-align: justify;">IMPORTANTE: En caso de robo de un televisor, equipo de audio,  videocassetera o computadora, la Compañía indemnizará por el valor de  reposición a nuevo del mismo bien, o en su defecto de aquel que ofrezca  el mismo nivel de prestaciones.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Responsabilidad Civil</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Los daños producidos a terceros a causa de la vida privada del  Asegurado, ya sean producidos por él, su cónyuge, sus hijos y/o sus  descendientes, el uso y manejo de botes de remo y bicicletas, las  piletas de natación, el suministro de alimentos y los animales  domésticos (en este último caso, no están incluidas las enfermedades que  los mismos pudieran transmitir). Los daños que, como consecuencia de un  incendio o explosión en su vivienda, pudiera causar a las propiedades  linderas.<br />
 A los efectos de este seguro no se consideran terceros:</p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>El cónyuge y los      parientes del asegurado hasta tercer grado de consanguinidad.</li>
<li>Las personas en      relaci ón de dependencia laboral con el  asegurado en tanto el evento se      produzca en oportunidad y con  motivo de trabajo.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;"><strong>Daños por agua al mobiliario</strong></p>
<p style="text-align: justify;">La acción directa del agua sobre el mobiliario a causa de filtración,  derrame o escape, como consecuencia de la rotura, obstrucción o  deficiencia en la instalación destinada a contenerla.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Gastos extra por incendio</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Los gastos necesarios (ej.: Hoteles) en que incurra el Asegurado para  continuar su vida normal, después de un siniestro de incendio, hasta el  10% de la suma asegurada para Incendio Edificio.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Remoción de Escombros</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Los gastos de limpieza y/o remoción de escombros en que incurra el  Asegurado, después de un siniestro de incendio, hasta el 5% de la suma  asegurada para Incendio Edificio.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Daños por Intento de Robo</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Los daños que pudiesen causar los ladrones al ingresar a la vivienda  del Asegurado o al intentarlo hasta el 2% de la suma asegurada de  incendio con una franquicia de $100.- por evento.<br />
 Ej.: una puerta destrozada, la cerradura violada, etc.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Accidentes de trabajo para el personal doméstico (opcional)</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Los reclamos de su personal doméstico, de jardinería y pileteros por  los accidentes sufridos durante el trabajo, que pudieran causarle una  lesión permanente, total o parcial, o la muerte. Límite de  indemnización: El Asegurador no quedará obligado en ningún caso a abonar  por todo concepto una suma mayor en pesos equivalente al tiempo del  accidente a<br />
 $ 110.000.- por cada dependiente muerto o lesionado.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Cristales</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Las rajaduras o roturas, sufridos por todos los cristales de su casa  que están colocados en posición vertical (por ejemplo: vidrios de  puertas, ventanas y espejos). Límite de cobertura: $ 200.-</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Alimentos en el freezer</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Las pérdidas o deterioros de alimentos depositados en heladeras,  freezer o aparatos congeladores de uso doméstico, causados por la  paralización de éstos, a consecuencia de falta de suministro de energía  eléctrica por más de doce (12) horas consecutivas. Límite de cobertura: $  250.- por un año de vigencia de póliza.</p>
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